III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-3590)
Resolución de 23 de enero de 2024, de la Autoridad Portuaria de A Coruña, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de A Coruña, para el desarrollo de la iniciativa "Conecta Coruña", dentro del Plan Nacional de Territorios Inteligentes de la Agenda Digital para España "Pilotos de Edificios Inteligentes".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49

Sábado 24 de febrero de 2024

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La Comisión se reunirá periódicamente, cuando lo requieran los asuntos a tratar o lo
solicite alguna de las Partes, con una antelación mínima de siete días.
A dicha Comisión se podrán incorporar, por acuerdo de las partes, técnicos del
Ayuntamiento de A Coruña y de la Autoridad Portuaria, cuya presencia se considere
conveniente para el cumplimiento de las funciones que la Comisión tiene encomendadas.
La Comisión de Seguimiento podrá delegar en una Subcomisión Técnica designada
al efecto, el estudio de los aspectos técnicos pertinentes de los estudios y Proyectos,
reservándose en todo caso la decisión final sobre los mismos.
Las copias de las actas de las reuniones de esta comisión, así como los documentos
o informes que se emitan en el desarrollo y ejecución de las funciones asignadas a la
comisión, serán remitidas a los representantes de cada una de las partes o a quien éstos
designen.
El régimen de funcionamiento de la Comisión se ajustará a lo dispuesto en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público o legislación que
en adelante le sustituya.
Quinta. Inexistencia de relación laboral.
La subscripción de este convenio no implica relación laboral, contractual o de
cualquier otro tipo entre los profesionales que realicen las actividades objeto de este
convenio y la Autoridad Portuaria.
Confidencialidad y protección de datos personales.

Las Partes se comprometerán a mantener el criterio de confidencialidad de todos los
datos e informaciones intercambiados entre ellas y que sean concernientes al objeto del
convenio, debiendo las Partes mantener dicha información en reserva y secreto y no revelarla
de ninguna forma, en todo o en parte, a ninguna persona física o jurídica que no sea parte del
convenio, tanto durante el plazo de su vigencia, como después de su expiración.
Asimismo, y con excepción de lo establecido expresamente en el presente Acuerdo,
las Partes se obligan a mantener la más estricta confidencialidad respecto al intercambio
de información, comprometiéndose a adoptar todas las medidas que sean necesarias
para asegurar el cumplimiento de esta obligación por sus respectivos empleados y/o
colaboradores.
Las Partes deberán previamente dar su autorización a la hora de su divulgación,
notas de prensa, etc.
Los datos tratados en el presente convenio serán tratados por cada una de las partes
conforme a las disposiciones del Reglamento General de Protección de Datos
(UE) 2016/679, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y Garantía de Derechos Digitales. Cada una de las partes será responsable
del tratamiento de los datos personales recabados de la otra parte, figurando su
identidad, datos de contacto y representante en el encabezamiento del convenio. La
finalidad del tratamiento es la gestión y ejecución del convenio conservándose los datos
durante la vigencia de éste y el tiempo posterior que sea legalmente necesario. Los
datos podrán ser comunicados a Autoridades para cumplir con las obligaciones legales
derivadas de la iniciativa «Conecta Coruña».
La información derivada de este convenio tiene carácter confidencial. Los términos
de dicha confidencialidad se regirán por lo dispuesto en el anexo II: «Confidencialidad y
Anticorrupción», de este convenio.
Séptima. Vigencia y duración.
De conformidad con lo señalado en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la redacción dada por el apartado
uno de la disposición final segunda del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre,
por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración

cve: BOE-A-2024-3590
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Sexta.