I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-3537)
Real Decreto 143/2024, de 6 de febrero, por el que se establece el Curso de especialización de Formación Profesional de Grado Superior en Posicionamiento en buscadores (SEO/SEM) y comunicación en redes sociales y se fijan los aspectos básicos del currículo, y se modifican el Real Decreto 546/2023, de 27 de junio, y el Real Decreto 569/2023, de 4 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49

Sábado 24 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 22325

2. Crea y actualiza perfiles corporativos en las distintas redes sociales,
adecuándolos al público objetivo de las publicaciones.
Criterios de evaluación:
a) Se han creado los perfiles corporativos en redes sociales en línea con la imagen
de marca que se desea proyectar, según lo establecido en la estrategia de comunicación
en redes sociales.
b) Se han actualizado los datos de contacto, horarios, teléfonos y enlaces a otros
canales y/o acciones en la biografía de los perfiles corporativos en redes sociales.
c) Se ha verificado el acceso a los perfiles corporativos en redes sociales,
identificando su correcta ejecución a través de las publicaciones que incorporen un
enlace hacia ellos.
d) Se han actualizado los perfiles corporativos en redes sociales para incorporar
eventos que precisen ser comunicados al público objetivo de la organización, según lo
establecido en el calendario editorial de redes sociales.
e) Se ha verificado el rendimiento de los perfiles de redes sociales donde hay
presencia de marca, utilizando herramientas específicas.
3. Desarrolla acciones de posicionamiento, segmentación y dinamización en redes
sociales, utilizando herramientas de analítica digital específicas, aplicando la normativa
vigente.
Criterios de evaluación:
a) Se han reconocido los documentos utilizados en la planificación de estrategias
de redes sociales, justificando su usabilidad.
b) Se han identificado los actores que colaboran en el desempeño de una
estrategia corporativa de redes sociales, justificando su intervención.
c) Se ha coordinado la estrategia de redes sociales con las áreas implicadas,
siendo ejecutada por los departamentos implicados de la organización en la creación de
los contenidos y por los proveedores externos, en su caso.
d) Se ha gestionado el calendario de publicaciones, incorporando el contenido de
puesta en marcha de las diferentes campañas, en los plazos definidos y estableciendo
un tiempo de margen que ayude a la detección y subsanación de los posibles errores.
e) Se han utilizado las aplicaciones de los gestores de publicación o herramientas
de administración de redes sociales.
f) Se ha aplicado la normativa de protección de datos personales durante todo el
proceso.
4. Publica y difunde piezas de contenido digital para distintos canales,
considerando la normativa aplicable de protección de datos de carácter personal.

a) Se han reconocido las fases de una estrategia de contenidos, ejemplificando
cada una.
b) Se ha ejecutado la curación de contenidos, seleccionando la información
relevante de las diferentes fuentes, organizándola e incorporando un valor añadido.
c) Se han revisado los distintos formatos de publicación en redes sociales,
valorando la idoneidad, características y peculiaridades de cada una de ellos.
d) Se ha revisado el contenido previo a la publicación, detectando y subsanando los
posibles errores, haciéndolo más atractivo a los usuarios, velando por la uniformidad de
la imagen de marca en cada una de las publicaciones realizadas.
e) Se han publicado los contenidos utilizando herramientas de gestión y
dinamización específicas, teniendo en cuenta las características y peculiaridades de
cada uno de los canales de difusión.

cve: BOE-A-2024-3537
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Criterios de evaluación: