III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2024-3523)
Resolución de 14 de febrero de 2024, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Ciudad de Melilla, en materia de suministro de información para finalidades no tributarias.
9 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48
Viernes 23 de febrero de 2024
Sec. III. Pág. 22220
Séptima. Modificación del anexo I del convenio.
Se modifica el anexo I del convenio, que queda redactado de la siguiente forma:
«ANEXO I
De conformidad con lo previsto en la cláusula octava 1.A) del presente
convenio, se recogen los siguientes suministros de información estructurada de la
Agencia Tributaria a la Ciudad Autónoma:
Suministro
Procedimiento
Periodicidad
Situación de estar al corriente de las
obligaciones tributarias.
Procedimiento de contratación administrativa.
A petición.
Situación de estar al corriente de las
obligaciones tributarias.
Obtención de licencias de transporte.
A petición.
Situación de estar al corriente de las
obligaciones tributarias.
Subvenciones y ayudas públicas.
A petición.
Situación de estar al corriente de las
obligaciones tributarias.
Permisos de residencia y trabajo para extranjeros.
A petición.
Situación de estar al corriente de las
obligaciones tributarias.
General art. 74 RGAT aprobado por Real Decreto
1065/2007, de 27 de julio.
A petición.
IRPF. Nivel de renta general.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
IRPF. Nivel de renta para becas.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
IRPF. Nivel de renta básica de
emancipación.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
IRPF. Nivel de renta para agricultores.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
IRPF. Nivel de renta para prestaciones
sociales.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
Información catastral.
Información catastral.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
Rentas exentas.
Rentas exentas: Datos de Pensiones
Públicas Exentas.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
Impuesto sobre Actividades
Económicas.
Impuesto sobre Actividades Económicas.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
Datos Identificativos: NIF, apellidos y
nombre, razón social y domicilio fiscal.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
Datos Identificativos de partícipes,
comuneros y socios de entidades sin
personalidad jurídica.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
Domicilio Fiscal.
Domicilio Fiscal.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
Validación del Número de
Identificación Fiscal.
Validación del Número de Identificación
Fiscal.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.»
Estar al corriente de obligaciones
tributarias.
Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas.
Datos Identificativos.
cve: BOE-A-2024-3523
Verificable en https://www.boe.es
Categoría
Núm. 48
Viernes 23 de febrero de 2024
Sec. III. Pág. 22220
Séptima. Modificación del anexo I del convenio.
Se modifica el anexo I del convenio, que queda redactado de la siguiente forma:
«ANEXO I
De conformidad con lo previsto en la cláusula octava 1.A) del presente
convenio, se recogen los siguientes suministros de información estructurada de la
Agencia Tributaria a la Ciudad Autónoma:
Suministro
Procedimiento
Periodicidad
Situación de estar al corriente de las
obligaciones tributarias.
Procedimiento de contratación administrativa.
A petición.
Situación de estar al corriente de las
obligaciones tributarias.
Obtención de licencias de transporte.
A petición.
Situación de estar al corriente de las
obligaciones tributarias.
Subvenciones y ayudas públicas.
A petición.
Situación de estar al corriente de las
obligaciones tributarias.
Permisos de residencia y trabajo para extranjeros.
A petición.
Situación de estar al corriente de las
obligaciones tributarias.
General art. 74 RGAT aprobado por Real Decreto
1065/2007, de 27 de julio.
A petición.
IRPF. Nivel de renta general.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
IRPF. Nivel de renta para becas.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
IRPF. Nivel de renta básica de
emancipación.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
IRPF. Nivel de renta para agricultores.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
IRPF. Nivel de renta para prestaciones
sociales.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
Información catastral.
Información catastral.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
Rentas exentas.
Rentas exentas: Datos de Pensiones
Públicas Exentas.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
Impuesto sobre Actividades
Económicas.
Impuesto sobre Actividades Económicas.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
Datos Identificativos: NIF, apellidos y
nombre, razón social y domicilio fiscal.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
Datos Identificativos de partícipes,
comuneros y socios de entidades sin
personalidad jurídica.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
Domicilio Fiscal.
Domicilio Fiscal.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.
Validación del Número de
Identificación Fiscal.
Validación del Número de Identificación
Fiscal.
Los procedimientos establecidos por la Ciudad
Autónoma en cada caso.
A petición.»
Estar al corriente de obligaciones
tributarias.
Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas.
Datos Identificativos.
cve: BOE-A-2024-3523
Verificable en https://www.boe.es
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