III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-3435)
Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de prueba para determinar los mínimos técnicos ordinarios de los grupos pertenecientes a los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47

Jueves 22 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 21649

La lógica de funcionamiento, incluyendo la lógica de control de las temperaturas de
combustión bajo control del sistema de control de planta, debe estar incluida en la
información requerida en el artículo 5 de este procedimiento. Antes del comienzo de las
pruebas, será verificado por el supervisor que estos ajustes se encuentran
implementados en el control y activados durante el funcionamiento.
Durante el funcionamiento de la turbina de gas (TG) a las cargas parciales resultado
de la aplicación de este procedimiento de pruebas, ésta debe encontrarse bajo el control
automático de el/los sistema/s de control de planta.
Los sistemas existentes de medición de emisiones (por ejemplo, CEMS: Sistema de
Monitoreo Continuo de Emisiones) deben encontrarse calibrados de acuerdo con el
plazo establecido por la legislación aplicable, antes de la ejecución de las pruebas,
mediante su proceso de calibración acorde con la legislación vigente. Los certificados de
calibración deben ser entregados al supervisor de las pruebas.
9.1.4 Duración de cada prueba: Cada escalón de reducción de carga se ejecutará
durante 30 minutos después de la estabilización de la turbina de gas desde el valor de
carga anterior. El periodo de estabilización es de 30 minutos, excepto si durante la
ejecución de las pruebas el supervisor considera conveniente por razón técnica emplear
un tiempo superior. Esta situación deberá quedar justificada debidamente en el acta de
resultados de las pruebas.
9.1.5 Condiciones Ambientales: La mínima carga del Mínimo Técnico Ordinario
puede verse afectada por las condiciones ambientales. Si se dispone de curvas de
corrección a cargas parciales, estas correlaciones deben aplicarse para corregir el valor
de Mínimo Técnico Ordinario a las condiciones ambientales medidas durante las
pruebas.
9.1.6 Combustible: Las pruebas se llevarán a cabo con las mezclas de combustible
de funcionamiento aprobadas para el grupo tal y como se indica en el artículo 3 de este
procedimiento.
Si la composición de combustible variase a lo largo del año, la empresa propietaria
deberá proponer mecanismos para garantizar que el combustible usado durante los
ensayos es similar al que consume habitualmente el grupo. Dicha propuesta será
aprobada, en su caso, por el supervisor de las pruebas.
9.1.7 Consumo de auxiliares: La potencia de generación neta del grupo debe ser
medida durante la ejecución de las pruebas para la determinación del Mínimo Técnico
Ordinario según el apartado 2.2, «Cálculo de la potencia neta cedida a la red», del Anexo
A.I.1, de la resolución de procedimientos de pruebas de rendimiento.
9.2

Secuencia de las pruebas.

Los registros de potencia de generación en los bornes del alternador en esta
situación se considerarán como el valor del 100 % de la potencia de la turbina de gas y
las sucesivas cargas de reducción para la determinación del Mínimo Técnico Ordinario
serán referidas a este valor inicial.
La reducción de carga se encuentra descrita en el artículo 8.1 de este procedimiento.
9.3

Captura de información.

La información relevante del sistema de control de la planta y/o control de turbina
deberá ser registrada durante las pruebas. Los datos se utilizarán para analizar el
resultado final de las pruebas de Mínimo Técnico y la respuesta de la turbina de gas. En
estas variables se incluirán (o suprimirán, si no aplica) todas las que en cada prueba

cve: BOE-A-2024-3435
Verificable en https://www.boe.es

– Secuencia de arranque y acoplamiento de la TG (en caso de que estuviese
desacoplada al inicio de las pruebas).
– TG a plena carga (IGV completamente abiertos y TIT operando conforme a
diseño).
– Estabilización de la TG a plena carga durante una hora.
– Revisión del estado de la TG a plena carga durante una hora.