III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-3429)
Resolución de 12 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo de Air Nostrum Líneas Aéreas del Mediterráneo, SAU (Personal de oficinas).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47

Jueves 22 de febrero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
3429

Resolución de 12 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el V Convenio colectivo de Air Nostrum Líneas
Aéreas del Mediterráneo, SAU (Personal de oficinas).

Visto el texto del V Convenio colectivo de la empresa Air Nostrum Líneas Aéreas del
Mediterráneo, SAU (Personal de oficinas) –Código de convenio 90015802012005–, que
fue suscrito con fecha 13 de julio de 2023, y finalmente subsanado mediante Acta de 8
de febrero de 2024, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en
representación de la misma y, de otra, por las secciones sindicales de CC.OO. y USO,
en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 12 de febrero de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
V CONVENIO COLECTIVO ENTRE AIR NOSTRUM LÍNEAS AÉREAS DEL
MEDITERRÁNEO Y SU PERSONAL DE OFICINAS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

I.
Artículo 1.

Disposiciones Generales

Ámbito personal.

El presente Convenio Colectivo afecta a toda la plantilla de Air Nostrum LAM, SAU,
con excepción expresa de los siguientes colectivos:
– Personal de Dirección, que a estos efectos se define como aquel que ocupe un
puesto de especial confianza, entendiéndose por tal los puestos de Dirección y adjuntos

cve: BOE-A-2024-3429
Verificable en https://www.boe.es

El presente Convenio Colectivo es fruto de la negociación llevada a cabo entre la
representación de la plantilla (secciones sindicales de CC.OO. y USO) y la
representación empresarial.
El presente acuerdo es fruto de los esfuerzos y cesiones mutuos de ambas partes, lo
cual ha permitido alcanzar un equilibrio que se plasma en el contenido del presente
documento.