III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Actividades investigadoras. (BOE-A-2024-3357)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria, correspondiente al año 2024, para la obtención del certificado R3 como investigador/a establecido/a, conforme a lo previsto en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 21038

c) En el caso del personal contratado por los organismos de investigación de otras
Administraciones Públicas, las escalas de personal funcionario o estatutario equivalentes
y las de personal laboral fijo.
El certificado R3 se tendrá en cuenta a los efectos de su valoración como méritos
investigadores en dichos procesos selectivos, y se proyectará sobre las pruebas o fases
de valoración del currículo del personal investigador que forme parte de estos procesos,
de forma que tendrá efectos de exención o compensación de parte de las pruebas o
fases de evaluación curricular o equivalentes, para todas las Administraciones Públicas.
En el ámbito universitario, dicha compensación o exención de la evaluación de
méritos investigadores para las personas que estén en posesión del certificado R3 se
llevará a cabo en el proceso de acreditación a las figuras de profesorado contratado
doctor o de profesorado titular de universidad.
En la Oferta de Empleo Público, dentro del límite de la tasa de reposición
correspondiente a las plazas para ingreso de las escalas de personal investigador de los
Organismos Públicos de Investigación, se establecerá una reserva de un mínimo de
un 25 % de plazas para la incorporación de personal investigador doctor que haya
participado en programas o subprogramas de ayudas postdoctorales y que haya
obtenido el certificado R3 o haya superado una evaluación equivalente a la del Programa
de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora
(Programa I3).
Asimismo, en la Oferta de Empleo Público, dentro del límite de la tasa de reposición
correspondiente a los cuerpos docentes universitarios y a los contratados doctores o las
figuras laborales equivalentes o las que las puedan sustituir, se establecerá una reserva
de un mínimo de un 15 % de plazas para la incorporación de personal investigador
doctor que haya obtenido el certificado R3 o haya superado una evaluación equivalente
a la del Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad
Investigadora (Programa I3).
Por otro lado, la disposición adicional novena de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre,
establece que la Agencia Estatal de Investigación realizará un informe cada tres años
acerca del cumplimiento de los cupos establecidos en el artículo 22 bis de la
Ley 14/2011, de 1 de junio, sobre el reconocimiento del certificado R3 como
investigador/a establecido/a y participación en procesos selectivos, así como de la
incorporación estable del personal que ha sido contratado con la modalidad de Contrato
de acceso de personal investigador doctor.
Por tanto, la finalidad de esta actuación es valorar la carrera de investigadores/as
nacionales y extranjeros/as en el marco de un itinerario postdoctoral de acceso al
Sistema Español de Ciencia Tecnología e Innovación, de manera que ello permita
reconocer su calidad e independencia investigadora y, cumpliendo con el perfil europeo
de investigador establecido (R3), la obtención de la certificación R3 como investigador/a
establecido/a. Dicha certificación será reconocida en los procesos de selección de
personal de nuevo ingreso estable, conforme a lo dispuesto en el artículo 22 bis de la
Ley 14/2011, de 1 de junio.
Para el establecimiento de los criterios de evaluación de la calidad de la producción y
actividad científico-tecnológica que permitan la obtención del certificado R3 como
investigador/a establecido/a se toman los establecidos en la Orden CIN/1025/2022,
de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal
de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, cuya gestión
corresponde a la Agencia Estatal de Investigación, en su anexo III.5, para actuaciones
de reconocimiento de la capacidad e independencia investigadora de Investigadores/as
del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, mediante la obtención de la
acreditación como investigador/a establecido/a R3.
Esta resolución, asimismo, se dicta al amparo de lo establecido en el
artículo 149.1.15.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en
el fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.

cve: BOE-A-2024-3357
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Núm. 46