III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-3342)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Finalización del saneamiento del río Barbaña, mejora de la EDAR de San Cibrao das Viñas fase II (Ourense)".
19 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Miércoles 21 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 20900

Los impactos más importantes sobre la vegetación se producirán por la eliminación
permanente de la cubierta vegetal para la ejecución de las zanjas para la modificación de la
red de colectores o cuando sea necesario abrir nuevas pistas para poder acceder a los
nuevos tramos, así como para la instalación de los nuevos elementos de la EDAR. No
obstante, el EsIA afirma que el impacto de los colectores será de intensidad baja, y que,
aunque el impacto de la EDAR será permanente e irrecuperable, se califica como compatible.
La Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil confirma que
en la zona de actuación se encuentra presente el hábitat de interés comunitario 91E0*:
Bosques aluviais de Alnus glutinosa e Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae,
Salicion albae). Las formaciones de aliso o amieiro sufren desde hace años una
importante mortandad debido a, entre otros factores, la existencia del hongo
Phytophthora alni, lo que obliga a extremar la prevención para evitar su expansión a
través de los tratamientos selvícolas que se practiquen sobre la vegetación de ribera,
para lo que se deberá seguir el protocolo de profilaxis exigido por dicho Organismo y la
Administración Autonómica para evitar su dispersión.
La Dirección General de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia recoge en su
informe, una serie de consideraciones en relación con las zonas de acceso y tránsito a
las áreas de trabajo en las inmediaciones del colector n.º 8, los vertidos o depósitos de
materiales de obra sobre y el control y eliminación de especies exóticas invasoras de las
vías y áreas afectadas por las obras. Estas medidas han sido asumidas por el promotor.
No obstante, para minimizar el impacto sobre la vegetación, este órgano ambiental
incluye medidas adicionales en el apartado de condiciones de esta resolución.
Fauna.

El EsIA describe el medio como antropizado pero con existencia de hábitats que
pueden sustentar fauna con un alto grado de protección, como es el caso del galápago
europeo (Emys orbicularis), catalogado «En peligro de extinción» de acuerdo al Catálogo
Gallego de Especies Amenazadas (CGEA) y como «Vulnerable» por el Catálogo Español
de Especies Amenazadas (CEEA).
La zona de actuación se encuentra dentro del Plan de Recuperación de Emys
orbicularis (Galápago europeo), concretamente, dentro de su área de distribución
potencial, no obstante, el promotor considera que, debido a las malas condiciones del
medio hídrico actuales, es poco probable la existencia de dicha especie en la zona de
estudio, aunque la zona posee un alto potencial para albergar al galápago europeo en
caso de que mejoren las condiciones del medio.
También, señala que el área de estudio se encuentra dentro del Plan de gestión del
lobo ibérico, dentro de la zona de gestión designada como zona 3. No obstante, este
plan no afectaría al proyecto, pues aborda la gestión de la especie en relación con los
aprovechamientos agropecuarios.
Se prevé que durante las obras los impactos potenciales más relevantes serán
consecuencia de la destrucción y/o alteración de los hábitats faunísticos y las molestias
ocasionadas por la maquinaria de obra a implementar. Este impacto será recuperable una
vez que finalicen las obras para los colectores, y no recuperable para el caso de la EDAR.
Durante la fase de funcionamiento, el promotor prevé que la ejecución del proyecto
genere un impacto positivo al mejorar las condiciones ecológicas y fisicoquímicas del
medio que actualmente se encuentra degradado.
Con el objetivo de mitigar los impactos sobre los diferentes grupos faunísticos del
entorno, el promotor propone, la realización de un estudio de campo previo al inicio de
las obras, que determine el grado de amenaza de cada especie inventariada, así como
una especificación de los períodos de celo, reproducción, cría y freza de estas especies,
prestando especial atención a las catalogadas; asimismo, se planificarán los calendarios
del proceso constructivo, prestando especial atención al momento de realizar los
movimientos de tierras, cuidando que dichos trabajos se realicen fuera de los períodos
de reproducción y cría y de cualquier época sensible de las especies presentes.

cve: BOE-A-2024-3342
Verificable en https://www.boe.es

b.5