III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-3342)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Finalización del saneamiento del río Barbaña, mejora de la EDAR de San Cibrao das Viñas fase II (Ourense)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Miércoles 21 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 20903

La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia, en su segundo
informe de 25 de mayo de 2023, indica que el promotor debe presentar una evaluación
específica del impacto del proyecto sobre el patrimonio etnográfico fluvial, que tenga en
cuenta todos los elementos, y que debe ser realizada por un técnico competente.
Adicionalmente, solicita un estudio en detalle del impacto sobre el Puente Noalla,
valorado como severo, puesto que en el entorno inmediato existe un nodo importante en
el que convergen diversos colectores fecales, uno de ellos a sustituir por otro colector,
de 800 mm de diámetro. Considera que la modificación de dicho colector no disminuiría
el impacto sobre éste, por lo que el promotor deberá estudiar una modificación del
trazado del colector de fecales, de manera que el tubo no se instale por debajo del
puente. Sugiere como una posible alternativa la continuación del trazado del colector en
paralelo a la vía de conexión con la carretera N-525.
En su contestación, el promotor afirma haber localizado 6 elementos etnográficos en
el área de estudio, no obstante, considera que, tras la aplicación de medidas correctoras
oportunas, el impacto sobre dichos elementos será de carácter compatible. Respecto a
los impactos sobre el Puente Noalla, señala que la actuación no generará nuevas
afecciones en el elemento ni en su entorno inmediato, puesto que las tuberías no van a
ser sustituidas, simplemente llevan asociado un cambio de uso, pues actualmente se
comporta como colector unitario que recoge tanto aguas fecales como pluviales, y tras la
obra se pretende que discurran por él únicamente aguas fecales.
Para garantizar la correcta protección del patrimonio cultural se incluyen medidas
adicionales en el condicionado de la presente resolución.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.

El promotor analiza la vulnerabilidad del proyecto frente a diversos riesgos naturales.
Respecto a los riesgos asociados a la vulnerabilidad del proyecto ante un sismo, el
promotor considera que el nivel de peligro para las actuaciones previstas es bajo, puesto
que la instalación tendrá lugar en zonas con una aceleración básica de 0,04 g, que, de
acuerdo con la Norma de Construcción Sismoresistente (NCSE-02), no sería necesario
aplicar ninguna normativa sísmica, tanto a edificios como en depósitos.
En relación con el riesgo de inundación, el promotor indica que la ampliación de la
EDAR se sitúa fuera de la plana de la avenida de 1000 años, por lo que consideran que
el peligro de inundación es bajo. En el caso de la red de colectores, se encontrará a
plena capacidad y todas las estructuras y tuberías que describe el proyecto en dicha red
se encuentran enterradas, siendo bajo el peligro de que sean arrastradas por los efectos
del empuje del agua en una avenida extraordinaria, no obstante, señala que las arquetas
de alivio se han ubicado cerca de los cursos de agua y que por ello existe la posibilidad
de flotación. El promotor valora el nivel de peligro de inundación para el caso de la red
de colectores como medio.
El promotor aporta un análisis de la vulnerabilidad del proyecto por corte de suministros
necesarios para el correcto funcionamiento de las instalaciones. Sobre los reactivos y
suministros implicados en la EDAR, el promotor señala que llegarán normalmente por vía
terrestre, por las carreteras N-525 y OU-0517, por lo que no deberían existir problemas de
suministros por cortes de accesos. Asimismo, se indica que tanto los reactivos empleados
como el combustible del grupo electrógeno cuentan con depósitos de almacenamiento, por
lo que no es probable que, ante un corte de suministros, la planta se detenga. La EDAR
contará también con stock de piezas y fungibles para llevar a cabo las reparaciones y
mantenimientos que se consideren necesarios.
En relación con la interrupción del suministro eléctrico, el promotor apunta que
entraría en funcionamiento el grupo electrógeno proyectado, con una potencia suficiente
para mantener el funcionamiento de todos los procesos de la planta.
Por su parte, en cuanto al peligro por contaminación ambiental, relativo a los vertidos
al medio de aguas sin depurar por fallo de algún elemento de la EDAR o de la red de
colectores, el promotor establece que este punto estaría relacionado con los factores
anteriores, ya que los fallos pueden ser por causas externas (sismos, inundaciones, etc)

cve: BOE-A-2024-3342
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