I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Bachillerato. (BOE-A-2024-3280)
Resolución de 20 de febrero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 11 de febrero de 2024, conjunta de la Secretaría de Estado de Educación y la Secretaría General de Universidades, por la que se establecen las adaptaciones de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad a las necesidades y situación de los centros españoles situados en el exterior del territorio nacional, los programas educativos en el exterior, los programas internacionales, el alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia, en el curso 2023-2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Miércoles 21 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 20457

aquellos países en los que exista Consejería de Educación u Oficina con funciones
delegadas, en la embajada de España en dicho país.
Disposición adicional única. Adaptación del procedimiento de realización de las
pruebas a situaciones excepcionales que impidan su realización material en las
condiciones habituales de presencialidad.
Cuando las pruebas deban tener lugar en países en los cuales estén en vigor
medidas excepcionales dictadas por sus autoridades que impidan su realización material
en las condiciones habituales de presencialidad dentro del plazo previsto, los órganos
responsables podrán, en ejercicio de sus competencias, establecer para la totalidad del
alumnado inscrito en dichas pruebas un procedimiento virtual y fiable para su realización.
En caso de que no se establezca un procedimiento virtual deberá, en todo caso,
garantizarse la realización de las pruebas presenciales en condiciones de seguridad
conforme a la normativa vigente, pudiendo justificadamente modificarse las condiciones
habituales de presencialidad.
Disposición final única.

Efectos de la resolución.

La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en
el «Boletín Oficial del Estado».
El Secretario de Estado de Educación, José Manuel Bar Cendón.–El Secretario
General de Universidades, José Manuel Pingarrón Carrazón.
ANEXO
Centros docentes españoles en el exterior y programas educativos en el exterior
Modalidades y materias sobre las que versarán las pruebas de Bachillerato
para el acceso a la Universidad
Materias comunes





Historia de España.
Historia de la Filosofía.
Lengua Castellana y Literatura II.
Lengua Extranjera II.
Materias específicas de modalidad

Ciencias
y Tecnología.

Materias obligatorias

– Matemáticas II o Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II,
a elección del alumnado.

Otras materias

– Biología.
– Dibujo Técnico II.
– Física.
– Geología y Ciencias Ambientales.
– Química.
– Tecnología e Ingeniería II.

– Empresa y Diseño de Modelos de Negocio.
– Geografía.
Humanidades
– Latín II o Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II, a elección – Griego II.
y Ciencias Sociales. del alumnado.
– Historia del Arte.
– Latín II.
– Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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