III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-3352)
Resolución de 15 de febrero de 2024, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con la Asociación ICOM Comité Español para el diseño y organización del II Encuentro ICOM España CECA.
5 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Miércoles 21 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 21009

finalidad de propiciar un foro de conocimiento y espacio común para profesionales de los
museos, educadores/as, gestores y otros profesionales de instituciones culturales.
Segunda.

Contribuciones del MNP al objeto del convenio.

El MNP contribuye al objeto del convenio mediante el siguiente trabajo técnico y
aportaciones:
a) El MNP se compromete a acoger en sus instalaciones la celebración del
encuentro, a coordinar la organización del mismo y a gestionar todos los requerimientos,
tanto administrativos como logísticos, para llevar a cabo el mismo en la sede del MNP.
b) Contribuir a los gastos que se puedan derivar del pago de honorarios, viajes y
alojamiento de los ponentes con un máximo de 3.000,00 euros.
c) Asimismo, se ocupará de la difusión de todos los actos derivados de la
celebración del encuentro a través de la Web del Museo y de cualesquiera otros canales
que el museo utilice habitualmente en relación con este tipo de actividades.
d) Gestionará las inscripciones de los participantes.
e) De conformidad con la Resolución de 14 de diciembre de 2017, del Museo
Nacional del Prado, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Permanente del
Real Patronato del Museo Nacional del Prado, en el que se establecen los precios
públicos por prestación de servicios y actividades del museo, el curso será gratuito.
A los efectos del artículo 49 letra d) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, la asunción por el MNP del conjunto de
compromisos citados anteriormente implicará un gasto máximo presupuestario para el
ejercicio 2024 por valor de 3.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria
del MNP 24.301.333A.226.06 «Reuniones, conferencias y cursos».
Tercera.

Contribuciones de ICOM-CE al objeto del convenio.

El ICOM-CE contribuye al objeto del convenio mediante los siguientes medios y
acciones:
a) Representación de ICOM España en las actividades que lo requieran.
b) Difusión entre los miembros de ICOM-CE del II Encuentro ICOM España CECA.
c) Contribuir a los gastos que se puedan derivar del pago de honorarios, viajes y
alojamiento de los ponentes, y otros gastos derivados de la gestión del II Encuentro
ICOM España CECA con un máximo de 3.000,00 euros.
A los efectos del artículo 49 letra d) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, la asunción por el ICOM-CE del conjunto de compromisos
citados anteriormente, implicará un gasto máximo por valor de 3.000,00 euros.
Titularidad y uso compartido de los contenidos.

Todos los contenidos producidos a partir del presente convenio quedan protegidos
por el derecho de autor, siendo de titularidad compartida en igualdad de condiciones por
las partes firmantes. Quedan, por tanto, a disposición tanto del MNP como de ICOM-CE
para enlazar desde su página Web o para cualquier otro uso que se estime conveniente,
así como para divulgar las publicaciones que se realicen, ya sea en su página Web o en
cualquier otro medio que estime conveniente, con mención explícita a este convenio
suscrito entre el MNP e ICOM-CE.
Una vez realizadas las acciones descritas en este convenio, tendrá lugar un acto de
presentación del II Encuentro ICOM España CECA y se llevará a cabo la difusión del
mismo, por los canales de comunicación y redes sociales habituales del Museo Nacional
del Prado y de ICOM-CE.

cve: BOE-A-2024-3352
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.