III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-3351)
Resolución de 15 de febrero de 2024, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con Antonio Najarro, SL, para la organización de prácticas para alumnado del Centro de Tecnología del Espectáculo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Miércoles 21 de febrero de 2024

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de la Música, y que con ese objetivo colabora con Instituciones y Organismos en las
actividades propias del Centro tanto en el ámbito nacional como en el internacional.
II. Que el CTE organiza, en el marco de su función docente, actividades prácticas
para sus alumnos que se desarrollan en colaboración con otras entidades y empresas
especializadas como un elemento imprescindible de la formación de los alumnos.
Asimismo, el CTE basa toda su actividad en el concepto de servicio público dirigido tanto
a los destinatarios de sus acciones formativas como a las entidades públicas y privadas
que solicitan su colaboración.
III. Que Antonio Najarro SL, de conformidad con sus fines y en el ámbito de las
actividades que organiza de acuerdo con los mismos, está interesado en colaborar con
el CTE recibiendo alumnado en prácticas.
IV. Que tanto el CTE como Antonio Najarro SL comparten, dentro de sus fines
comunes, la labor de aprendizaje procedimental y el intercambio de conocimientos y
experiencias procurando la promoción de los alumnos y alumnas y su futura integración
dentro del ámbito laboral. Antonio Najarro SL se beneficiará del conocimiento de futuros
profesionales formados específicamente para el ejercicio de la profesión en las áreas
técnicas de las artes escénicas y de la música, teniendo la posibilidad de incorporarlos
posteriormente al sector empresarial.
Y, en virtud de cuanto queda expuesto, manifiestan su voluntad de colaboración
suscribiendo el presente convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es establecer un Programa de Prácticas Externas
entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante, INAEM) y
Antonio Najarro SL destinado a los estudiantes del CTE, integradas en su formación
académica. Las prácticas externas se organizarán de tal modo que se ajusten a la
formación y competencias del alumnado y de su realización no se derivará, en ningún
caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar, en
ningún caso, a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
La formación que imparte el CTE forma parte de la educación no reglada. Las
prácticas se ajustarán a lo establecido en las bases de convocatoria de los cursos que
publique el CTE.
Ni Antonio Najarro SL ni el INAEM asumen otras obligaciones ni compromisos
diferentes a los contenidos en dichas bases y en el presente documento. En particular,
no derivará para ninguna de las partes obligación alguna de carácter laboral o con la
Seguridad Social. En ningún caso existirá relación de carácter laboral entre el INAEM y
el alumno/a.
El presente convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación
económica para ninguna de las partes.
Compromisos del INAEM.

El INAEM, en relación con las prácticas externas, asume los siguientes
compromisos:
1. Seleccionar, conforme a la formación adquirida, la aptitud mostrada y la
capacidad de tutorización efectiva de la contraparte, el alumnado para las prácticas. A tal
efecto, el número de personas en prácticas no excederá, en ningún caso, de doce por
área de especialización. Igualmente, el INAEM establecerá los sistemas de evaluación
adecuados a las prácticas externas y a los estudiantes que en ellas participen.

cve: BOE-A-2024-3351
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.