III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-3251)
Resolución de 8 de enero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Aguilar de la Frontera, relativa a testimonio emitido por letrada de la Administración de Justicia de una sentencia firme.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 20 de febrero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
3251

Resolución de 8 de enero de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Aguilar de la Frontera, relativa a testimonio
emitido por letrada de la Administración de Justicia de una sentencia firme.

En el recurso interpuesto por don J. A. M. A., procurador de los tribunales, en nombre
y representación de la mercantil «Espuny Genil, SL», contra la nota de calificación
realizada por el registrador de la Propiedad de Aguilar de la Frontera, don Francisco
Manuel Galán Quesada, relativa a testimonio emitido por letrada de la Administración de
Justicia de una sentencia firme.
Hechos
I
Mediante testimonio expedido por doña A. A. C., letrada de la Administración de
Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Puente Genil, se
trasladaba la sentencia dictada el día 14 de junio de 2021 en el seno del procedimiento
ordinario número 350/2019, en el que se dirimía un procedimiento de acción declarativa
de dominio.
La mencionada sentencia estimaba la demanda en la que la mercantil «Espuny
Genil, SL» solicitaba que se declarase el dominio respecto de la finca registral
número 12.986 de Puente Genil como consecuencia de su adquisición por prescripción
adquisitiva, ordenando, a su vez, la cancelación de las inscripciones contradictorias. La
parte demandada, en situación de rebeldía procesal, fue notificada mediante edictos por
resolución de fecha 25 de junio de 2021.
II

«Calificado el precedente documento, testimonio de sentencia 47/2021 dictada, el 14
de junio de 2021, por don Ramón Artacho Melero, Juez del Juzgado de Primera
Instancia n.º 1 de Puente Genil, librado por doña A. A. C., Letrada de la Administración
de Justicia del expresado Juzgado el 27 de junio [sic] de 2021, presentado que fue bajo
el asiento 714 del Diario 156, el registrador de la propiedad que suscribe, previo examen
y calificación desfavorable del documento precedente, de conformidad con los
artículos 18 y concordantes de la Ley Hipotecaria y su reglamento, suspende la práctica
de la inscripción, en base a los siguientes
Hechos.
No es posible la práctica de la inscripción de la sentencia, dictada en rebeldía de la
demandada, al no resultar del testimonio que, a la fecha de su expedición, habían
transcurrido los plazos para el ejercicio de la acción de rescisión de la sentencia, en los
términos que resultan de los siguientes

cve: BOE-A-2024-3251
Verificable en https://www.boe.es

Presentado el día 21 de julio de 2023 el mencionado testimonio en el Registro de la
Propiedad de Aguilar de la Frontera, fue objeto de la siguiente nota de calificación: