I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Presupuestos. (BOE-A-2024-3213)
Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 20 de febrero de 2024

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octubre, de régimen jurídico del sector público institucional, por lo que procede su
regulación sin más demora.
En la disposición final tercera se realizan las autorizaciones necesarias para el
desarrollo y ejecución de la presente ley.
Finalmente, en la disposición final cuarta se prevé la entrada en vigor el día 1 de
enero de 2024, salvo lo dispuesto en las disposiciones adicionales primera, segunda,
tercera, decimoquinta, decimosexta, decimoséptima, decimonovena y vigésima; así
como el apartado 2 de la disposición derogatoria única y la disposición final segunda,
que entrarán en vigor el día de la publicación de la presente ley en el «Diario Oficial de
Extremadura».
IV
La presente ley se adecua a lo dispuesto en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, en el
que se establece como principio general la integración de la perspectiva de género, en
línea con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres, que supone la consideración sistemática de las
diferentes situaciones, condiciones, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres,
incorporando objetivos y actuaciones específicos dirigido a eliminar las desigualdades y
promover la igualdad en todas la políticas y acciones, a todos los niveles y en todas sus
fases de diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación. Asimismo, se ha tenido en
cuenta, en cuanto impacto de diversidad de género, la Ley 12/2015, de 8 de abril, de
igualdad social de lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales
y de políticas públicas contra la discriminación por orientación sexual e identidad de
género en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
TÍTULO I
De la aprobación de los presupuestos y la gestión presupuestaria
CAPÍTULO I
Créditos iniciales y financiación de los mismos
Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
En los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el
ejercicio 2024 se integran:
Los presupuestos con carácter limitativo de las siguientes entidades:

a) El presupuesto de la Asamblea de Extremadura.
b) El presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
c) El presupuesto de la institución estatutaria Consejo Económico y Social de
Extremadura.
d) Los presupuestos de los organismos autónomos:
1.
2.
3.

Consejo de la Juventud de Extremadura.
Instituto de la Mujer de Extremadura.
Servicio Extremeño de Salud.

cve: BOE-A-2024-3213
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