I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Presupuestos. (BOE-A-2024-3213)
Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 20 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 19993

con carácter voluntario si estuvieran ocupadas y de acuerdo con la planificación de la
organización asistencial de la zona de salud correspondiente.
Disposición adicional decimonovena.
educación infantil.

Ayudas para la escolarización en primer ciclo de

A lo largo del año 2024, la Junta de Extremadura aprobará ayudas destinadas a las
familias, cuyo objetivo es fomentar la escolarización de alumnos de primer ciclo de
educación infantil en escuelas infantiles, centros educativos autorizados y guarderías.
Las subvenciones que a tal efecto deberán ser aprobadas y convocadas en el primer
semestre del ejercicio, deberán contemplar que durante el curso escolar 2024-2025
comenzarán a percibirlas los escolares de tercer curso de dicho ciclo, es decir de 2 a 3
años para ayudar a cubrir los gastos derivados de la atención educativa. Estas ayudas
se financiarán con fondos CA, con cargo a la aplicación presupuestaria 13002
222A 48000 20240264.
Disposición adicional vigésima. Ayudas para fomentar el estudio del inglés para el
alumnado de Educación Secundaria Obligatoria.
A lo largo del año 2024, la Junta de Extremadura aprobará ayudas destinadas a las
familias para fomentar el estudio del inglés en horario extraescolar. Las subvenciones
que a tal efecto se convoquen en el primer semestre del ejercicio irán destinadas a las
familias del alumnado que curse Educación Secundaria Obligatoria. Estas ayudas se
financiarán con fondos CA, con cargo a la aplicación presupuestaria 13009 222G 48000
20240316 «Ayudas a las familias. Inglés extraescolar».
Disposición adicional vigesimoprimera.

Responsabilidad social territorial.

1. Las administraciones públicas extremeñas fomentarán la implicación de toda la
sociedad en el desarrollo sostenible e integrador de nuestra región.
2. En esta línea, la Administración autonómica reconocerá la responsabilidad social
territorial como elemento diferencial dentro de la responsabilidad social corporativa de
las empresas y organizaciones que operan en Extremadura.
3. A los efectos de lo previsto en este artículo, se entenderá por responsabilidad
social territorial todas aquellas acciones desarrolladas por empresas u organizaciones,
dentro de su responsabilidad social corporativa, que supongan un incremento del empleo
local, una valorización del patrimonio natural y cultural de la zona y/o una mejora de las
condiciones de vida de la población residente en la zona de influencia, incidiendo de este
modo en el desarrollo sostenible e integrador de nuestros municipios.
4. La responsabilidad social territorial se determinará en cada caso por la
consejería competente en los términos que reglamentariamente se determinen y se
establecerá un reconocimiento específico para las entidades de economía social, de
manera que se afiancen las capacidades y potencialidades y se mantenga la idoneidad
que para las actividades agrarias, forestales y ganaderas tienen.
5. El reconocimiento de ser una empresa u organización con responsabilidad social
territorial podrá tener una ponderación específica en las convocatorias de ayudas
públicas, así como en el caso de otorgamiento en régimen de concurrencia de títulos
habilitantes de competencia autonómica para actividades económicas.
Disposición adicional vigesimosegunda. Asignación excepcional o compensatoria de
las disposiciones adicionales primera y segunda del Estatuto de Autonomía de
Extremadura.
Se generarán, por ministerio de la ley, en el estado de gastos de los Presupuestos de
la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, las cantidades adicionales, a
las previstas en el presupuesto, que se consignen por el Estado para el mismo ejercicio
vinculadas a las asignaciones excepcionales y compensatorias a que aluden las

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Núm. 45