I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Presupuestos. (BOE-A-2024-3213)
Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
60 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 20 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 19951

consolidar de 379.250 euros, financiándose con unos recursos totales del mismo importe
que las dotaciones de gastos consignados.
10. En el estado de gastos del presupuesto del Consorcio Museo Vostell Malpartida
se aprueban créditos por importe sin consolidar de 1.247.976 euros, financiándose con
unos recursos totales del mismo importe que las dotaciones de gastos consignados.
11. En el estado de gastos del presupuesto del Centro de Investigaciones
Científicas y Tecnológicas de Extremadura se aprueban créditos por importe sin
consolidar de 22.556.775 euros, financiándose con unos recursos totales del mismo
importe que las dotaciones de gastos consignados.
12. En el estado de gastos del presupuesto del Consorcio Agencia Extremeña de la
Energía se aprueban créditos por importe sin consolidar de 24.330.389 euros,
financiándose con unos recursos totales del mismo importe que las dotaciones de gastos
consignados.
13. Los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los
entes mencionados en los apartados anteriores, por un importe consolidado
de 8.127.109.106 euros, se distribuyen según el detalle del anexo de esta ley. La
agregación por funciones de los créditos de estos programas es la siguiente:
Función

Denominación

Importe

11

Administración General.

205.021.187

12

Deuda Pública.

959.799.167

13

Imprevistos y Contingencias.

21

Sanidad.

2.282.097.280

22

Educación.

1.370.679.428

23

Dependencia.

485.778.189

24

Empleo.

398.113.442

25

Promoción Social.

226.883.174

26

Vivienda.

142.682.822

27

Cultura.

85.822.560

31

Agricultura.

851.391.467

32

Empresa.

107.326.438

33

Innovación y Tecnología.

236.773.176

34

Comercio y Turismo.

35

Infraestructuras.

Total.

10.000.000

64.058.394
700.682.382
8.127.109.106

1. Se aprueban los presupuestos de las empresas públicas relacionadas en la
letra a) y b) del artículo 1.2 de la presente ley, que recogen sus estimaciones de gastos y
previsiones de ingresos, presentados de forma individualizada y consolidados con el
grupo de empresas al que pertenecen, relacionándose en este último caso las
sociedades objeto de presentación consolidadas.
2. Se aprueban los presupuestos de las fundaciones relacionadas en la letra c) del
artículo 1.2 de la presente ley, en los que se incluyen sus estimaciones de gastos y
previsiones de ingresos.

cve: BOE-A-2024-3213
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 3. De los presupuestos de los entes referidos en las letras a) a e) del
artículo 1.2 de la presente ley.