III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-3204)
Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Ictio Solar Orión, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Ictio Orión, de 132,3 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Torrecillas de la Tiesa y Aldeacentenera (Cáceres).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Lunes 19 de febrero de 2024

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– El vallado cumplirá las condiciones previstas en el punto i.5.4 de la DIA.
– En toda la superficie del «área de reserva» dedicada a la conservación del sisón se
establecerá un Plan de Gestión Agroambiental dedicado a la conservación de aves
esteparias que se coordinará con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura y que
se irá adaptando en función de los resultados obtenidos en el seguimiento ambiental
(punto i.5.8).
– Se desarrollará un programa de mejora de hábitats del conejo, de forma sinérgica
con el resto de proyectos de plantas fotovoltaicas que evacúan en la Subestación
«Francisco Pizarro», en el entorno del río Almonte, que se coordinará con el órgano
ambiental de la Junta de Extremadura y se revisará anualmente (punto i.5.13).
– Se cumplirán los condicionados impuestos por la Dirección General de Bibliotecas,
Museos y Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura en su informe de 31 de marzo
de 2021, y recogidos en el punto i.7.1 de la DIA: se excluirá de la planta el elemento
arqueológico NA.01 estableciéndose un perímetro de protección con un radio de 200 m,
durante la fase de ejecución de las obras será obligatorio un control y seguimiento
arqueológico por parte de técnicos cualificados de todos los movimientos de tierra en
cotas bajo rasante natural en cada uno de los frentes de obra, y si se confirmara la
existencia de restos arqueológicos que pudieran verse afectados se paralizarán las
obras en la zona de afección, se balizará el área, se realizará una primera aproximación
cronocultural de los restos y se definirá la extensión máxima del yacimiento en superficie,
remitiendo informe técnico a la Dirección General de Patrimonio Cultural.

cve: BOE-A-2024-3204
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5. La citada declaración de impacto ambiental de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental establece asimismo una serie de condicionantes específicos que
se deberán cumplir antes de la obtención de la autorización de explotación, debiendo dar
cuenta del cumplimiento de los mismos ante el órgano competente provincial, previa
presentación de las medidas definidas y presupuestadas por el peticionario en un
proyecto o en una adenda al mismo.
6. La autorización administrativa de construcción no dispensa en modo alguno de la
necesaria obtención por parte del titular de la instalación de cualesquiera autorizaciones
adicionales que las instalaciones precisen, y, entre ellas, la obtención de las
autorizaciones (o de la observancia de cualesquiera otras formalidades de control) que,
en relación con los sistemas auxiliares y como condición previa a su instalación o puesta
en marcha, puedan venir exigidas por la legislación de seguridad industrial y ser
atribuidas a la competencia de las distintas Comunidades Autónomas.
7. La Administración dejará sin efecto la presente resolución si durante el
transcurso del tiempo se observase incumplimiento, por parte del titular de los derechos
que establece la misma, de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la
Administración, previo oportuno expediente, acordará la anulación de la correspondiente
autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven
de dicha situación, según las disposiciones legales vigentes.
8. El titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución las condiciones
impuestas por los Organismos que las han establecido, las cuales han sido puestas en
su conocimiento y aceptadas expresamente por él.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X