III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-3208)
Resolución de 14 de febrero de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Junta de Andalucía, para desarrollar el proyecto denominado "Seguimiento GPS de la población de Milano real (Milvus milvus) del Espacio Natural de Doñana: implicaciones para la conservación de la población andaluza en peligro crítico de extinción".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Lunes 19 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 19922

El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para conocer
las cuestiones litigiosas que pudieran presentarse. No obstante lo anterior, las partes
tratarán de resolver previamente y de forma amistosa cuantas discrepancias pudieran
surgir en la ejecución e interpretación del convenio en el seno de la Comisión Mixta de
Seguimiento prevista en el mismo.
Y en prueba de conformidad, firman el presente documento el 7 de febrero de 2024.–El
Consejero de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía,
Ramón Fernández-Pacheco Monterreal.–El Vicepresidente de Organización y Relaciones
Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P.
(CSIC), Carlos Closa Montero.
ANEXO I
Tareas a realizar por la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul
en el marco del Convenio entre la Junta de Andalucía y la Agencia Estatal CSIC para el
desarrollo del proyecto denominado «Seguimiento GPS de la población de milano real
(Milvus milvus) del Espacio Natural de Doñana: Implicaciones para la conservación de
la población andaluza en peligro de extinción»
Para el desarrollo del presente convenio, la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul llevará a cabo mediante el personal del Espacio Natural de
Doñana las siguientes tareas:

cve: BOE-A-2024-3208
Verificable en https://www.boe.es

– Seguimiento durante todo el año de la población de milano real en el Espacio
Natural de Doñana.
– Mantenimiento de las bases de datos que se desprenden del seguimiento de la
población de milano real de Doñana.
– Señalización y delimitación de zonas de exclusión, actuaciones en árboles y
sustratos de nidificación artificiales, se realizarán por personal del Espacio Natural de
Doñana en las zonas donde han existido territorios históricos o se ubican los territorios
de las parejas de esta población en la actualidad.
– Diseño y ejecución de las tareas de aporte de alimentación suplementaria a la
población reproductora de milano real del END.
– Captura, marcaje y chequeo sanitario de los ejemplares juveniles de milano real
pocos días antes de abandonar el nido.
– Lectura de anillas de los adultos reproductores marcados con anillas de plástico,
para determinar su identidad, procedencia y edad.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X