II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo Superior de Gestión Catastral. (BOE-A-2024-3113)
Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Gestión Catastral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de febrero de 2024

Sec. II.B. Pág. 19520

Si alguna de las personas aspirantes, en servicio activo en la Administración del
Estado en el Cuerpo o Escala desde el que participa por promoción interna, únicamente
va a solicitar valoración de los requisitos que figuren inscritos en el Registro Central de
Personal, podrá autorizar a la Administración la consulta de los datos obrantes en el
mismo. En tal caso, y dentro del plazo establecido para presentar la documentación,
deberá dar su conformidad cumplimentando y presentando el modelo que figura como
anexo VI a esta resolución.
Finalizada la fase de oposición o de concurso-oposición, el Tribunal hará pública la
relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios de la sede del
Tribunal, en el portal de internet del Ministerio de Hacienda (www.hacienda.gob.es), en el
Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es) y en el Portal Funciona. Dicha
relación se publicará mediante resolución en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo
los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días hábiles, desde la publicación oficial,
para presentar la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la
convocatoria.
I.3

Curso Selectivo

Todas las personas aspirantes del sistema general de acceso libre que superen la
fase de oposición y las del sistema de promoción interna que superen las fases de
concurso y oposición realizarán un curso selectivo en la Escuela de la Hacienda Pública
del Instituto de Estudios Fiscales, que deberán superar con aprovechamiento.
En el curso se desarrollarán materias relacionadas con las siguientes áreas: Jurídica,
Inmobiliaria y Registral, Financiera, Tributaria, Catastral, así como las de carácter
complementario e instrumental útiles para el desempeño de las funciones
encomendadas al Cuerpo Superior de Gestión Catastral, incluyendo un módulo en
materia de igualdad de género entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de
género. El curso selectivo servirá asimismo como elemento de valoración de los
conocimientos y las pruebas prácticas que no hayan sido objeto de evaluación en la fase
de concurso-oposición.
Será común a ambas convocatorias y tendrá una duración máxima de siete meses
lectivos y comenzará en el plazo máximo de cuatro meses, contado a partir de la
finalización del plazo fijado para la presentación de la documentación requerida en la
publicación de la lista de aprobados de las fases de oposición y de oposición y concurso
en el «Boletín Oficial del Estado».
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo
será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas, valoradas
por la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, originará la
imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se
perderá el derecho a ser nombrado funcionario/a de carrera.
Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las
vacaciones de estos/as funcionarios/as en prácticas, por necesidades del servicio y de
acuerdo con el artículo 74 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del
Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, abarcarán desde el 1 al 31 de
agosto del año en que se realice el curso selectivo.
Las personas aspirantes que no superen el curso selectivo, de acuerdo con el
procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria, perderán el derecho a su
nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad
convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor,
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al
inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo
con la puntuación obtenida.

cve: BOE-A-2024-3113
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Núm. 44