III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-3097)
Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Tecnologías y Servicios Agrarios, SA, S.M.E., M.P., para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
14 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Sábado 17 de febrero de 2024
Novena.

Sec. III. Pág. 19451

Informes, evaluación de las prácticas y reconocimiento.

A la finalización de cada una de las prácticas:
I. El tutor de Tecnologías y Servicios Agrarios, SA, S.M.E., M.P. realizará y enviará
al tutor académico de la UIMP y a la UIMP un informe final según modelo que se adjunta
como anexo II, en el que se recogerá el número de horas realizadas por el estudiante y
se valorarán diversas capacidades y actitudes en relación con las competencias
genéricas y específicas previstas en el proyecto formativo.
II. El estudiante elaborará y entregará al tutor académico de la UIMP una memoria
final en la que deberán figurar, entre otros, los siguientes aspectos:
– Datos personales del estudiante.
– Entidad colaboradora en la que ha realizado las prácticas y lugar de ubicación.
– Descripción concreta y detallada de las tareas, trabajos desarrollados y
departamentos de la entidad a los que ha estado asignado.
– Valoración de las tareas desarrolladas con los conocimientos y competencias
adquiridos en relación con los estudios universitarios que cursa.
– Relación de los problemas planteados y el procedimiento seguido para su
resolución.
– Identificación de las aportaciones que, en materia de aprendizaje, han supuesto
las prácticas.
– Evaluación de las prácticas y sugerencias de mejora.
III. El tutor académico de la UIMP, a la vista del informe del tutor de Tecnologías y
Servicios Agrarios, SA, S.M.E., M.P. y de la memoria final presentada por el estudiante,
evaluará las prácticas cumplimentando el correspondiente informe de valoración.
IV. La UIMP emitirá, a solicitud del estudiante, y a la vista del informe de valoración
de su tutor, un documento acreditativo de las mismas, que contendrá al menos los
siguientes aspectos:






Titular del documento.
Entidad colaboradora donde se realizaron las prácticas.
Descripción de la práctica especificando su duración y fechas de realización.
Actividades realizadas.
Aquellos otros que la UIMP considere convenientes.

Décima.

Bolsa o ayuda al estudio.

En concepto de bolsa o ayuda al estudio, Tecnologías y Servicios Agrarios, SA,
S.M.E., M.P. podrá, si lo considera oportuno, conceder a cada alumno participante en el
programa una cantidad mensual que dependerá del curso académico del alumno, de su
dedicación horaria y del tiempo de duración de la práctica. El importe, si lo hubiera, se
recogerá en el anexo de formalización de la práctica.
Gastos de gestión del programa de prácticas por la UIMP.

La UIMP renuncia a percibir de Tecnologías y Servicios Agrarios, SA, S.M.E., M.P.
cantidad alguna en concepto de gastos de gestión de las prácticas cuando éstas sean
curriculares y realización de proyectos.
Para el caso de prácticas académicas externas extracurriculares Tecnologías y
Servicios Agrarios, SA, S.M.E., M.P. abonará a la UIMP la cantidad de cuarenta euros
(40 €) –I.V.A. incluido– por cada práctica -o ampliación de prácticas- que se realice al
amparo de este convenio, en concepto de gastos de gestión de dichas prácticas. Este
importe no podrá ser en ningún caso a cargo de las partidas o créditos destinados a
becas o a ayudas.

cve: BOE-A-2024-3097
Verificable en https://www.boe.es

Undécima.