I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA. Presupuestos. (BOE-A-2024-3028)
Ley 11/2023, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 17 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 19185

Finalmente, ha de completarse el marco normativo autonómico aludiendo a la
Ley 11/2012, de 21 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, ley que fue aprobada en
aplicación de lo dispuesto en el artículo 10.1 de la citada Ley Orgánica 2/2012, de 27 de
abril, y de cuyos principios se hace eco la presente ley.
III
Dentro del marco normativo expuesto, la aprobación de los objetivos de estabilidad
presupuestaria y de deuda pública, tanto para el conjunto de las Administraciones
públicas, como para cada uno de los subsectores, constituye una pieza clave en el
proceso presupuestario autonómico que marca inevitablemente la elaboración de los
presupuestos generales de cada Comunidad Autónoma.
Sin embargo, en los últimos años, la cláusula de salvaguardia del Pacto de
Estabilidad y Crecimiento que facilita la coordinación de las políticas presupuestarias en
tiempos de crisis económica grave, y permite a los Estados miembros adoptar medidas
presupuestarias para hacer frente adecuadamente a tales situaciones, ha estado
activada. Dicha cláusula, que se traduce en una suspensión temporal de las reglas
fiscales, se activó por primera vez para los años 2020 y 2021, se mantuvo en 2022
debido a la gravedad de las consecuencias económicas provocadas por la pandemia, y
en 2023 motivado por la guerra de Ucrania y la subida sin precedentes de los precios de
la energía.
De cara al ejercicio 2024, la Comisión, en la Comunicación de 8 de marzo de 2023,
establece una serie de orientaciones para la política fiscal en dicho ejercicio, de las que
se infiere el objetivo de apoyar la elaboración de los programas de estabilidad y
convergencia de los Estados miembros y así reforzar la coordinación de las políticas. En
este punto, la Comisión recordó que la cláusula general de salvaguardia del Pacto de
Estabilidad y Crecimiento se desactivará a finales de 2023 y abogó por unas políticas
fiscales en 2023 y 2024 que garanticen la sostenibilidad de la deuda a medio plazo y
aumenten el potencial de crecimiento de manera sostenible. Asimismo, invitó a los
Estados miembros a que explicarán en sus programas de estabilidad y convergencia
de 2023 el modo en que sus planes de política fiscal garantizarán el respeto del valor de
referencia del déficit del 3 % del PIB y una reducción de la deuda verosímil y continuada,
o su mantenimiento en niveles prudentes a medio plazo. Además, indicó también que
propondrá al Consejo la apertura, en la primavera de 2024, de procedimientos de déficit
excesivo basados en el déficit en función de los datos de ejecución presupuestaria
de 2023, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
En la actualización del Programa de Estabilidad de 2023-2026, remitido a la
Comisión Europea el 28 de abril de 2023, el Gobierno de España espera que el déficit de
las Administraciones públicas españolas disminuya al 3,9 % del PIB en 2023,
prolongando esta senda decreciente en los ejercicios siguientes. De esta forma, en 2024
se espera una nueva reducción del déficit hasta el 3 % del PIB, hasta el 2,7 % en 2025 y
hasta el 2,5 % en 2026, situándose así el déficit por debajo del límite del 3 % establecido
en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento dos años antes de finalizar el periodo de
referencia del Programa de Estabilidad. Igualmente, el Gobierno ha proyectado el déficit
previsto de los distintos subsectores que conforman el total de Administraciones
públicas, previendo un déficit para el subsector de las comunidades autónomas del 0,3 %
en 2023, del 0,0 % para 2024 y un superávit del 0,1 % para 2025 y 2026.
En el ámbito de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, su artículo 3 regula el principio de estabilidad
presupuestaria disponiendo que la elaboración, aprobación y ejecución de los
Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de los distintos
sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de dicha ley orgánica se realizará en un
marco de estabilidad presupuestaria, coherente con la normativa europea, cuya
regulación se enmarca en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Por su parte, la fijación

cve: BOE-A-2024-3028
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Núm. 42