I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA. Presupuestos. (BOE-A-2024-3028)
Ley 11/2023, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024.
87 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 17 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 19192

Finalmente, el título VI, «Medidas tributarias», regula el tipo de gravamen del canon
de aducción y del canon de depuración. También establece la afectación de los ingresos
obtenidos por la recaudación del Impuesto sobre determinadas actividades que inciden
en el medio ambiente, y, la afectación de los recursos procedentes de la recaudación del
denominado canon eólico.
El texto articulado se cierra con 19 disposiciones adicionales que afectan a diversas
cuestiones, como por ejemplo, la posibilidad de desconcentrar competencias en
diferentes materias a favor no sólo de los órganos centrales de las consejerías, sino
también de los órganos periféricos, que pudiera traer causa, fundamentalmente, de
eventuales cambios en la estructura orgánica de las diferentes consejerías de la
Administración regional; aspectos concretos de las funciones de control interno que lleva
a cabo la Intervención General; las disposiciones relativas a la reserva para la
participación en procedimientos de adjudicación de determinados contratos del sector
público a centros especiales de empleo y empresas de inserción; o la concreción del
crédito presupuestario destinado al denominado porcentaje cultural en Castilla-La
Mancha.
La parte final contempla también una disposición transitoria que regula, en el ámbito
de los fondos europeos agrícolas, un régimen transitorio sobre la posibilidad de que
determinados ingresos puedan dar lugar a la realización de generaciones de créditos al
amparo de situaciones producidas con anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento
(UE) núm. 2021/2116, de 2 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre
la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común, que han de
pervivir provisionalmente hasta el agotamiento de sus efectos.
Por cuanto respecta a las disposiciones finales, la primera de ellas contempla una
modificación legislativa que afecta a la Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes
de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los
Fondos Europeos de Recuperación; concretamente, a su artículo 30, concerniente a los
compromisos de gasto de carácter plurianual relacionados con los fondos europeos a los
que se refiere el ámbito de aplicación de dicha ley. La modificación en cuestión tiene un
doble objetivo: por un lado, reconducir los compromisos de carácter plurianual previstos
en dicho precepto al régimen ordinario previsto en el artículo 48 del texto refundido de la
Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha; y, por otro, limitar el número de ejercicios a los
que pueden aplicarse estos compromisos de gasto de carácter plurianual, que no podrán
extenderse más allá del año 2026, en coherencia con el horizonte temporal de los fondos
a los que afecta.
El resto de disposiciones finales regulan, por un lado, las habilitaciones normativas a
favor, tanto del Consejo de Gobierno, como de la persona titular de la consejería
competente en materia de hacienda, para llevar a cabo las adecuaciones y
actualizaciones que sean precisas de conformidad con la legislación estatal ya sea
básica, o de general aplicación, así como, por una parte, el desarrollo de la presente ley
y, por otra, su entrada en vigor.

cve: BOE-A-2024-3028
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 42