III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-3016)
Resolución de 7 de febrero de 2024, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con Sodercan, para la organización de misiones inversas de compradores y prescriptores de opinión del sector agroalimentario a celebrar en Cantabria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Viernes 16 de febrero de 2024

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de dicho sector y contribuir, en general, a la internacionalización de la economía
española.
a) Misión Inversa de compradores del sector agroalimentario en el marco de Salón
Gourmets edición 2024, que tendrá lugar en Madrid, y de las áreas geográficas de
América, Asia, y Europa a España.
b) Misión Inversa de prescriptores del sector agroalimentario en el marco de San
Sebastián Gastronomika edición 2024, y de las áreas geográficas de América, Asia,
Europa a España.
A estas misiones nos referiremos en adelante, y de forma conjunta a todas, como las
Misiones Inversas.
A estos efectos, se entiende por misión inversa, los viajes organizados a España con
el fin de que los compradores/prescriptores de opinión conozcan de primera mano las
características de la oferta española del sector agroalimentario y hagan contacto con las
empresas españolas que tienen como mercado objetivo los países de los que proceden
las referidas Misiones Inversas.
Las fechas para las Misiones Inversas objeto del presente convenio se acordarán, en
todo caso, en el seno de la Comisión de Seguimiento de conformidad con lo previsto en
la cláusula quinta.
Para la organización de las Misiones Inversas ICEX podrá solicitar, cuando lo
estimen necesario las Partes, la colaboración de la Red de Oficinas Económicas y
Comerciales de España en el exterior (en adelante, Ofecomes), quienes se configuran
como sus centros de actuación en el extranjero.
Segunda.

Obligaciones de las Partes.

A tenor de lo expuesto, para la realización de las Misiones Inversas referidas en la
cláusula anterior, ambas Partes trabajarán, de forma conjunta en:
– Realización del programa general de las Misiones Inversas.
– Definir los países objetivo de las Misiones Inversas,
– Captación de los participantes en las Misiones Inversas.
– En todas las referencias, actos, reseñas periodísticas o publicaciones relacionadas
con las Misiones Inversas a realizar en el marco del presente convenio, las Partes se
preocuparán de que se mencione expresamente la colaboración de las mismas, y
únicamente figurarán sus logotipos si así lo acuerdan las Partes en el seno de la
Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula quinta del presente convenio.
– Difundir a través de sus canales habituales, y con la intensidad que estime
conveniente, las Misiones Inversas que se realicen al amparo del presente convenio.
– Para el correcto seguimiento del desarrollo de las Misiones Inversas, realizarán un
seguimiento y evaluación de las mismas.
De forma individual, las Partes se comprometen:

– Convocar, bajo la supervisión de ICEX, a los participantes españoles en las
Misiones Inversas.
– Elaborar el plan de visitas de la misión en inglés (contenidos, itinerario, …).
– Logística de los desplazamientos y alojamientos de los participantes en las
misiones, así como también del resto de actividades asociadas a la ejecución de las
Misiones Inversas.
– Acompañamiento y programación de las agendas de los participantes integrantes
de las Misiones Inversas.
– Preparación de una Memoria económica comprensiva de los gastos efectuados
por el Colaborador, o documento equivalente disponible en el que igualmente consten los

cve: BOE-A-2024-3016
Verificable en https://www.boe.es

a) Por parte del Colaborador: