III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-3016)
Resolución de 7 de febrero de 2024, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con Sodercan, para la organización de misiones inversas de compradores y prescriptores de opinión del sector agroalimentario a celebrar en Cantabria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Viernes 16 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 19126

ICEX y el Colaborador se identificarán conjuntamente como las «Partes», e
individualmente, cada una de ellas, como la «Parte».
ICEX y el Colaborador se identificarán conjuntamente como las «Partes», e
individualmente, cada una de ellas, como la «Parte».
Las Partes, reconociéndose la capacidad y representación que ostentan para
formalizar el presente convenio, a tal efecto,
EXPONEN

CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre
ICEX y el Colaborador para la elaboración, organización, desarrollo y ejecución de las
siguientes misiones inversas relacionadas con el sector agroalimentario español, al
objeto de reforzar, en particular, la actividad promocional y comercial a nivel internacional

cve: BOE-A-2024-3016
Verificable en https://www.boe.es

I. Que, ICEX es una entidad pública empresarial con personalidad jurídica propia
dependiente de la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa, que tiene como misión promover la internacionalización de las
empresas españolas para contribuir a su competitividad y aportar valor a la economía en
su conjunto, así como atraer inversiones exteriores a España.
Asimismo, ICEX es miembro de la Red española del Pacto Mundial de las Naciones
Unidas y está adherido a los diez principios del Pacto Mundial en materia de Derechos
Humanos, normas laborales, medioambientales y anticorrupción, y forma parte del grupo
de trabajo interministerial sobre Internacionalización y Derechos Humanos (GTIDH) para
contribuir a la coherencia de las políticas públicas de apoyo a la internacionalización y su
alineación con los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre empresas y Derechos
Humanos. ICEX, como miembro de la Red española de Pacto Mundial manifiesta su
compromiso con la sostenibilidad, el medioambiente, la cohesión social y la igualdad de
género con el fin de promover una internacionalización más sostenible.
II. Que, el Colaborador es una Sociedad Pública adscrita a la Consejería de
Industria, Empleo Innovación y Comercio del Gobierno de Cantabria, cuyo objeto social
es el desarrollo económico y social de la Región y compatibiliza sus objetivos de
rentabilidad e interés público regional con la promoción empresarial y el fomento de las
inversiones en Cantabria, siendo, por tanto, sus fines esenciales entre otros: impulsar el
crecimiento, proyección y creación de empresas en Cantabria; atraer inversiones hacia el
ámbito industrial de la región; asesorar de forma integral a empresas y emprendedores;
centralizar trámites y gestiones, en nombre de las empresas ante las distintas
administraciones regionales así como canalizar ayudas regionales, estatales y comunitarias
a través de diversos programas de emprendimiento, Internacionalización e I+D+i.
III. Que, entre los sectores objeto de apoyo de ICEX, merece mención especial el
agroalimentario, tanto por la importancia económica del sector como por las
oportunidades que los mercados internacionales ofrecen a las empresas españolas.
IV. Que, ambas Partes están interesadas en profundizar el posicionamiento del
sector agroalimentario cántabro en el mercado internacional y en hacer así visible la
presencia española en dicho mercado.
V. Que, de acuerdo con lo anterior, y dados los fines que comparten las Partes en
sus respectivos ámbitos de actuación, y con el deseo de generar sinergias con una
actuación simultánea, aquéllas están interesadas en colaborar de forma conjunta en la
organización de una serie de misiones inversas al objeto de poner a los misioneros en
contacto directo con la oferta española del sector. Y para ello, las Partes han decidido
suscribir el presente convenio para la organización de misiones inversas (en adelante, el
convenio), que se regirá por las siguientes