III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-3007)
Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VII Convenio colectivo de industrias de ferralla 2023-2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Viernes 16 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 19038

Área de servicios transversales:
1. Supervisar el archivo y la reproducción de los documentos, así como apoyar la
ejecución de la obra, siguiendo las instrucciones recibidas por un superior o responsable.
2. Redactar la correspondencia comercial, el cálculo de precios a la vista de las
ofertas recibidas, la recepción y tramitación de los pedidos.
3. Realizar actividades elementales de cálculo de salarios, valoración de costes,
funciones de cobro y pago, etc., dependiendo y ejecutando directamente las órdenes de
un mando superior.
4. Realizar actividades de archivo, registro, cálculo, facturación o similares que
requieran algún grado de iniciativa.
5. Realizar funciones básicas de gestión y asesoramiento en las diferentes áreas
de la empresa (comercial, producción, administración, calidad, I+D+I, medio ambiente,
prevención de riesgos laborales, recursos humanos, etc.).
6. Realizar actividades de venta y comercialización de productos y servicios que
requieran técnicas no complejas, tales como: demostración, comunicación de precios y
condiciones de crédito y entrega, tramitación de pedidos, tareas de captación de clientes,
visitas, etc.
7. Controlar y realizar un seguimiento de las operaciones de mercancías del
almacén, asegurando la calidad y optimización de la cadena logística.
Grupo V
Criterios generales.
El personal adscrito a este grupo profesional ejecuta tareas que, aun cuando se
realicen bajo instrucciones precisas, requieren unos conocimientos profesionales
adecuados y unas aptitudes prácticas cuya responsabilidad está limitada por una
supervisión directa o sistemática. En ocasiones, pueden coordinar o realizar un
seguimiento de pequeños grupos de personas trabajadoras de menor cualificación y
experiencia.
Formación.
Se recomienda haber finalizado estudios equivalentes a la Enseñanza Secundaria
Obligatoria o al grado medio de Formación Profesional, o bien, conocimientos adquiridos
a través de la experiencia en el oficio o profesión.
Tareas.
Se entenderán como propias de este grupo, de manera enunciativa y no exhaustiva,
la siguiente relación de actividades:
Área de gestión técnica, diseño y planificación:

Área de producción y actividades asimiladas:
1. Todas las tareas incluidas en el grupo anterior (asociadas al área de producción).
2. Realizar trabajos de ferrallado con maquinaria específica (carro de corte,
dobladoras, etc.).
3. Interpretar planos y croquis sencillos.
4. Conducir vehículos y maquinaria ligera para el transporte, arrastre y suspensión
de cargas.

cve: BOE-A-2024-3007
Verificable en https://www.boe.es

1. Delinear proyectos sencillos, realizar despieces a partir de planos de conjunto y
detalle partiendo de la información recibida, bajo supervisión directa de responsable.
2. Realizar tareas de apoyo a la organización de distintos departamentos bajo
supervisión de responsable.