III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-3006)
Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de tripulantes de cabina de pasajeros de Air Europa Líneas Aéreas, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de febrero de 2024

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objetivas de funcionamiento de la empresa, debidamente motivadas por escrito,
debiendo en tal caso la empresa ofrecer un plan alternativo que asegure el disfrute de
ambas personas trabajadoras y que posibilite el ejercicio de los derechos de conciliación.
En el ejercicio de este derecho se tendrá en cuenta el fomento de la
corresponsabilidad entre mujeres y hombres y, asimismo, evitar la perpetuación de roles
y estereotipos de género.
El trabajador procurará solicitar la reducción de jornada como mínimo con 60 días de
antelación.
El periodo correspondiente a la reducción de jornada se disfrutará en días
consecutivos desde su inicio hasta su finalización, repartiéndose de manera uniforme a
lo largo del mes, para lo que se seguirá el orden de petición. Esta fórmula se revisará en
caso de que la legislación vigente relativa a contratación de interinidad sufriera alguna
modificación. Cuando al TCP no se le haya podido asignar el período solicitado, en
cuanto exista una vacante en dicho período este se le asignará siguiendo el orden de
petición por parte del TCP quien deberá solicitarlo por escrito a la Jefatura de TCP.
4.6.2 Víctimas de violencia de género o víctimas del terrorismo.
Las personas trabajadoras que tengan la consideración de víctimas de violencia de
género o de víctimas del terrorismo tendrán derecho, para hacer efectiva su protección o
su derecho a la asistencia social integral, a la reducción de la jornada de trabajo con
disminución proporcional del salario o a la reordenación del tiempo de trabajo, a través
de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de
ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa. También tendrán
derecho a realizar su trabajo total o parcialmente a distancia o a dejar de hacerlo si este
fuera el sistema establecido, siempre en ambos casos que esta modalidad de prestación
de servicios sea compatible con el puesto y funciones desarrolladas por la persona.
4.6.3 Voluntaria. Aquellos TCP que tengan una antigüedad en la empresa superior
a diez años, contabilizando a estos efectos los días trabajados en Air Europa con
independencia de la modalidad contractual, podrán acogerse voluntariamente a la
reducción de jornada voluntaria.
En caso de conflicto de intereses entre dos TCP prevalecerá la antigüedad en vuelo.
El periodo correspondiente a la reducción de jornada se disfrutará en días
consecutivos desde su inicio hasta su finalización.
El salario será proporcional al tiempo trabajado, es decir, sólo percibirá los conceptos
fijos en base a los días trabajados, prorrateándose las variables en función de los días
trabajados.
A partir del día 31 de julio de 2023 las nuevas reducciones de jornada se podrán
solicitar por 6 meses. El TCP deberá solicitar la reducción de jornada como mínimo
con 90 días de antelación. El TCP que desee incorporarse a jornada completa deberá
notificarlo a AEA 45 días antes de la finalización del periodo de reducción. En caso
contrario la prórroga será automática por seis meses.
La empresa podrá contratar mediante el modelo de contratación que en cada
momento legalmente corresponda para cubrir las ausencias motivadas por dicha
reducción.
Las adjudicaciones de las reducciones de jornada voluntarias son hasta el 31 de
diciembre del año en curso.
Los períodos de disfrute de la reducción de jornada de trabajo serán asignados a
discreción de la empresa. Se establece un porcentaje máximo de un 10 % por base.
Excepcionalmente, cuando existan causas objetivas que lo justifiquen, AEA podrá
denegar dichas peticiones justificándolo por escrito.
A primero de octubre se publicará un calendario con los TCP acogidos a reducción
de jornada y el periodo en que lo disfrutan. A partir de ese momento se abrirá un periodo
de 30 días para la recepción de solicitudes de cambio del periodo. El 1 de diciembre se
publicará el listado con la nueva adjudicación para el año siguiente con efectos del 1 de
enero y para el periodo de un año. Se tendrá como referencia el orden de escalafón para

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Núm. 41