III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-2995)
Resolución 420/38041/2024, de 9 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Balearia Eurolíneas Marítimas, SA, sobre bonificación a cargo del estado de las tarifas comerciales de pasaje marítimo.
15 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Viernes 16 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 18787

Los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y supresión de
los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional que se
puede consultar en la Política de Privacidad de la página electrónica de la empresa.
b) Comunicación de datos entre las partes: Con motivo de la ejecución de este
convenio, la empresa comunicará al MINISDEF el número identificativo de los
beneficiarios que adquieran un título de transporte comercializado por la empresa. La
comunicación de dicha información se realizará en cumplimiento de este convenio y en
base a la ejecución del contrato de viaje que exista entre la empresa y los beneficiarios
identificados por el Ministerio, siendo responsabilidad de la empresa informar del
tratamiento a los beneficiarios, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
Asimismo, será responsabilidad de la empresa cumplir con los principios y requisitos
establecidos en la legislación vigente respecto al tratamiento de dicha información y de
aplicar las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de
seguridad adecuado, tanto durante el tratamiento de los datos en sus sistemas como
durante la transmisión de los mismos al MINISDEF.
Los datos personales que, en su caso, sean obtenidos por las partes en el desarrollo
y cumplimiento de este convenio, serán tratados por aquellas de forma absolutamente
confidencial.
En todo caso, el contenido de esta cláusula estará sujeta a lo establecido en la citada
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales; los preceptos vigentes de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal; el Reglamento (UE) 2016/679,
y demás normativa de desarrollo.
Una vez finalice el convenio, Balearia Eurolíneas Marítimas, SA, debe devolver al
MINISDEF los datos personales y suprimir cualquier copia que esté en su poder.
Cuarta.

Financiación.

Los importes máximos de las obligaciones a adquirir totalizan la cantidad de siete
millones ochocientos cincuenta y seis mil novecientos sesenta y ocho (7.856.968) euros,
según la siguiente distribución en cada una de las anualidades (2023 a 2026), con cargo
a la aplicación presupuestaria que se indica de acuerdo con la naturaleza del objeto de
este convenio:
Viajes por cuenta propia

2023

Euros

2024

Euros

2025

Euros

2026

Euros

AP. 14.01.121M.122.02 1.964.242 1.964.242 1.964.242 1.964.242

Quinta.

Modificación.

Este convenio podrá modificarse durante su vigencia hasta un máximo del veinte por
ciento del importe máximo previsto previa autorización del Ministerio de Hacienda y
Función Pública, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 50.2.C) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sin que la misma
altere la naturaleza de su objeto, tal y como se expresa en la cláusula primera.

cve: BOE-A-2024-2995
Verificable en https://www.boe.es

Las partes, por acuerdo de la Comisión Mixta de Seguimiento (CMS), podrán aprobar
posibles reajustes de las anteriores anualidades en función de la evolución de la
ejecución del objeto y de las actuaciones asumidas, siempre que dichos reajustes no
supongan un incremento económico de la cifra total comprometida, ni un aumento del
plazo global.