III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-3003)
Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa, por la que se publica el Convenio con la Agencia de Turismo de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Viernes 16 de febrero de 2024

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como a las obligaciones específicas en materia de información y publicidad, control,
verificación, seguimiento, evaluación y demás obligaciones impuestas por la normativa
interna y de la Unión Europea que se establece para el Mecanismo de recuperación y
resiliencia de la UE y cuya aplicación es de obligado cumplimiento.
– Adoptar las medidas de difusión oportunas para dar a conocer la financiación
pública de las actuaciones. De acuerdo con esta obligación, la Autoridad Portuaria
deberá exhibir de forma correcta y destacada el emblema de la UE con una declaración
de financiación adecuada que diga «financiado por la Unión Europea Next Generation
EU», junto al logotipo del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, disponible
en el enlace https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
– Custodiar y conservar la documentación de la actividad financiada por el Mecanismo
de recuperación y resiliencia de acuerdo con el artículo 22.2.f) del Reglamento (UE)
2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se
establece el Mecanismo de recuperación y resiliencia, por un plazo de cinco años desde el
pago del saldo o, en su defecto, de la operación. Este período será de tres años si la
financiación es por importe inferior o igual a 60.000 €.
Cuarta.

Régimen económico.

Las actuaciones previstas en este convenio no generarán gastos ni darán lugar a
contraprestación económica alguna por parte de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de
Arousa y su ría.
Para la financiación de la actuación que constituye el objeto del presente convenio, la
Agencia de Turismo de Galicia aportará un total de un millón quinientos cuarenta y cinco
mil trescientos sesenta y dos euros con once céntimos (1.545.362,11 €), IVA incluido,
repartidos anualmente, tal y como se indica a continuación:
Anualidad 2023: 772.681 €.
Anualidad 2024: 772.681,11 €.
La financiación de esta actuación, por parte de la Agencia de Turismo de Galicia, se
realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 04.A2.761A.619.0, proyecto 2023
00002, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia y en el
marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión
Europea, Next Generation EU.
Quinta.

Inexistencia de relación laboral.

La suscripción del presente convenio no supondrá una relación laboral, ni de ningún
otro tipo, entre la Agencia de Turismo de Galicia y las personas o profesionales que
realicen las actuaciones que constituyan el objeto del mismo, por lo que no podrá
exigirse responsabilidad alguna directa ni subsidiaria por actos o hechos ocurridos en el
desarrollo de este.

El régimen de protección de datos de carácter personal en las actuaciones que se
desarrollen en ejecución del presente convenio será el previsto por el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos, en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, y demás normativa
de aplicación en materia de protección de datos.
Las partes velarán por el cumplimiento del Real decreto 3/2010, de 8 de enero, por el
que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración
Electrónica.

cve: BOE-A-2024-3003
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Régimen de protección de datos, seguridad y confidencialidad.