III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Lugares de memoria democrática. (BOE-A-2024-2828)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria Democrática, por la que se publica el Acuerdo de incoación de declaración de lugar de memoria el éxodo, persecución y masacre de la población civil entre Málaga y Almería en febrero de 1937, conocido como "La Desbandá".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Miércoles 14 de febrero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
2828

Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Atención a
las Víctimas y Promoción de la Memoria Democrática, por la que se publica el
Acuerdo de incoación de declaración de lugar de memoria el éxodo,
persecución y masacre de la población civil entre Málaga y Almería en
febrero de 1937, conocido como «La Desbandá».

La Directora General de Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria
Democrática ha adoptado, con fecha 8 de febrero de 2024, el Acuerdo de incoación del
procedimiento de declaración como Lugar de Memoria, del éxodo, persecución y
masacre de la población civil entre Málaga y Almería en febrero de 1937, conocido como
«La Desbandá», de conformidad con los artículos 49 y siguientes de la Ley 20/2022,
de 19 de octubre, de Memoria Democrática.
El artículo 50.2 de la citada Ley 20/2022, de 19 de octubre, dispone que el acuerdo
de incoación se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto, esta Dirección General resuelve publicar en el «Boletín Oficial del Estado»
el referido Acuerdo como Anexo a la presente Resolución.
Madrid, 9 de febrero de 2024.–La Directora General de Atención a las Víctimas
y Promoción de la Memoria Democrática, Zoraida Hijosa Valdizán.
ANEXO
La Directora General de Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria
Democrática, en uso de las competencias que el atribuye el artículo 50.1 de la
Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, puesto en relación con el
artículo 12.2 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran
los departamentos ministeriales y el artículo 11.B del Real Decreto 1009/2023, de 5 de
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales, ha adoptado el siguiente Acuerdo de incoación de declaración de Lugar de
Memoria Democrática del éxodo, persecución y masacre de la población civil entre
Málaga y Almería en febrero de 1937, conocido como «La Desbandá», con base en los
siguientes
Antecedentes de hecho

En uso de las competencias que le atribuye el artículo 50.1 de la Ley de Memoria
Democrática, la División de Coordinación Administrativa y Relaciones Institucionales, de
la Dirección General de Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria Democrática
ha elaborado un informe sobre la conveniencia de declarar Lugar de Memoria
Democrática el éxodo, persecución y masacre de la población civil entre Málaga y
Almería en febrero de 1937, conocido como «La Desbandá».
Dicho informe es expresivo de las circunstancias y extremos que ha de contener el
acuerdo de incoación de este procedimiento.

cve: BOE-A-2024-2828
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