I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-2774)
Orden TED/113/2024, de 9 de febrero, por la que se establecen los precios de los cargos del sistema eléctrico y se establecen diversos costes regulados del sistema eléctrico para el ejercicio 2024.
<< 8 << Página 8
Página 9 Pág. 9
-
9 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Miércoles 14 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 17329

de lo previsto en la Orden TEC/1366/2018, de 20 de diciembre, por la que se establecen
los peajes de acceso de energía eléctrica para 2019, y en la Orden TEC/1258/2019,
de 20 de diciembre, por la que se establecen diversos costes regulados del sistema
eléctrico para el ejercicio 2020 y se prorrogan los peajes de acceso de energía eléctrica
a partir del 1 de enero de 2020, respectivamente, será incluida en el proceso de
liquidaciones del sistema eléctrico gestionado por el órgano encargado de las
liquidaciones en la liquidación 14 del ejercicio 2023.
Una vez se aprueben los costes sujetos a acreditación documental señalados en la
disposición octava de la Orden TED/1312/2022, de 23 de diciembre, los saldos
resultantes se incorporarán en la primera liquidación de cierre que se produzca tras la
aprobación de los mismos.
La diferencia entre los costes estimados relativos a SDAC y SIDC aprobados en la
Resolución de 27 de enero de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, por la que se establece la estimación de la cuantía de los costes
recuperables por el operador del mercado relativos a los acoplamientos únicos diario e
intradiario en el ejercicio 2022, y los costes aprobados en la Resolución de 2 de
noviembre de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la
que se establece la retribución del operador del mercado eléctrico correspondiente al
ejercicio 2022 relativa a los costes recuperables en relación con los acoplamientos
únicos diario e intradiario, será incluida en el proceso de liquidaciones del sistema
eléctrico gestionado por el órgano encargado de las liquidaciones en la liquidación 14 del
ejercicio 2023.
Noveno.
Esta orden entrará en vigor el 15 de febrero de 2024.
La presente orden agota la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Contra la misma podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación
de la presente resolución, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
También podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Ministra
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en el plazo de un mes, contado a
partir del día siguiente al de la publicación, significando que, en caso de presentar
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación
presunta del mismo.

cve: BOE-A-2024-2774
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 9 de febrero de 2024.–La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X