I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Presupuestos. (BOE-A-2024-2776)
Ley 9/2023, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Miércoles 14 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 17377

Xunta de Galicia, la provisión de puestos directivos de las entidades instrumentales del
sector público autonómico que no deban ser cubiertos necesariamente por personal
funcionario requerirán de la autorización conjunta de la Dirección General de
Planificación y Presupuestos y de la Dirección General de la Función Pública. A estos
efectos, habrá de adjuntarse un borrador del contrato que se pretenda formalizar.
Artículo 19.

Complemento personal.

El personal designado para ocupar puestos incluidos en los anexos de personal de
los presupuestos de la Administración general, de sus organismos autónomos y
agencias públicas autonómicas que den lugar a la consideración de alto cargo y que en
el momento de su nombramiento mantenga una relación de empleado público con
alguna administración pública no podrá percibir retribuciones inferiores a las que tenía
asignadas en el puesto de procedencia.
Cuando se produzca esa circunstancia, y en tanto permanezca en ella, el personal
indicado tendrá derecho a percibir un complemento personal equivalente a la diferencia
entre la totalidad de los conceptos retributivos, básicos y complementarios, del puesto de
origen, con exclusión de las gratificaciones por servicios extraordinarios, en cómputo
anual, y las retribuciones del mismo carácter que le correspondan por el puesto que
ocupe en la Administración autonómica gallega.
El reconocimiento del derecho a la percepción de este complemento será realizado
en cada caso por la Dirección General de la Función Pública.
Artículo 20. Retribuciones de las personas titulares de las delegaciones de la Xunta de
Galicia en el exterior.
Las retribuciones de las personas titulares de las delegaciones de la Xunta de Galicia
en el exterior, para el año 2024, quedan establecidas en las siguientes cuantías, sin
perjuicio del derecho a las indemnizaciones, dietas y aplicación de coeficientes en razón
de servicio que pudieran corresponderles por residencia en el extranjero:
– Delegado o delegada de la Xunta de Galicia en Buenos Aires: 64.269,84 euros
– Delegada o delegado de la Xunta de Galicia en Montevideo: 54.594,48 euros.
Asimismo, tendrán derecho a percibir los trienios que puedan tener reconocidos
como personal funcionario y personal al servicio de las administraciones públicas.
Artículo 21.

Criterios retributivos en materia de personal funcionario.

a) El sueldo y trienios, en las nóminas ordinarias de enero a diciembre de 2024,
que correspondan al grupo o subgrupo en el que se encuentre clasificado el cuerpo o
escala a que pertenezca la persona funcionaria, con las siguientes cuantías referidas a
doce mensualidades:
Grupo/subgrupo Real decreto legislativo 5/2015

Sueldo

Trienio

A1

15.535,20 597,96

A2

13.432,92 487,56

B

11.742,24 427,80

cve: BOE-A-2024-2776
Verificable en https://www.boe.es

Uno. Las retribuciones que percibirá en el año 2024 el personal funcionario de la
Comunidad Autónoma en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del
empleo público de Galicia, en los términos de la disposición final cuarta del Texto
refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, que desempeñe puestos
de trabajo para los cuales el Gobierno de la Comunidad Autónoma aprobó la aplicación
del régimen retributivo previsto en dicha ley, serán las siguientes: