I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Calidad alimentaria. (BOE-A-2024-2778)
Ley 1/2024, de 11 de enero, de la calidad alimentaria de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 14 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 17550

operadoras alimentarias y proyecta una imagen moderna, dinámica y actual del mundo
rural gallego.
A su vez, la ciudadanía ha aumentado la demanda de productos de calidad y más
sostenibles, así como la de productos tradicionales y locales. Por eso mismo, la industria
alimentaria debe seguir apostando por el valor añadido, por la sostenibilidad, la
innovación tecnológica y la digitalización, para caminar hacia una Galicia con más
calidad, más verde e innovadora. Al mismo tiempo, el sector necesita comunicar a las
personas consumidoras las características de su producción, identificando correctamente
sus productos en el mercado. Todo ello en el marco de una competencia leal.
En este sentido, los avances tecnológicos deben llevar a las personas operadoras
alimentarias a perseguir el desarrollo de soluciones holísticas de trazabilidad con una
visión integral de la cadena alimentaria. Estas soluciones deben tener por objetivo
unificar, enriquecer y establecer estándares de reporting, así como crear sistemas de
marcado físico que permitan identificar el producto o lote de forma unívoca, posibilitando
la captura de los datos de manera automatizada y su registro en una base de datos
compartida e inalterable.
Los cambios experimentados en la producción y comercialización alimentaria, la
incorporación de nuevas tecnologías y formas de comercialización y el incremento de los
intercambios entre estados hacen necesario acometer una adaptación de la normativa a
la nueva situación, estableciendo medidas que permitan controlar los alimentos
destinados a la Comunidad Autónoma de Galicia o procedentes de ella.
También ha de tenerse en cuenta que el Parlamento Europeo publicó la Resolución
de 14 de enero de 2014 sobre la crisis alimentaria, los fraudes en la cadena alimentaria y
el control al respecto [2013/2091(INI)], en que se reconoce un gran incremento del
fraude alimentario y en que se insta a la Comisión Europea y a los estados miembros a
que incrementen y refuercen los controles oficiales, además de los medios humanos y
materiales dispuestos para luchar contra el fraude alimentario. También declara su apoyo
a la propuesta de la Comisión Europea de endurecer las sanciones impuestas por los
incumplimientos de la legislación alimentaria, para que estas sean efectivas en la
disuasión de las conductas fraudulentas.
En este contexto adquieren especial relevancia la protección, el fomento y el
desarrollo de la producción amparada por los distintivos de calidad diferenciada –como
las denominaciones de origen o las indicaciones geográficas protegidas–, que reconocen
unos altos estándares de calidad y permiten a las personas consumidoras identificar los
productos con valores y utilidades que merezcan su confianza, además de asegurar
rentas dignas a los productores y productoras que compensen su esfuerzo.
Con esta finalidad y, en general, con la de garantizar la calidad de los alimentos que
se produzcan o se comercialicen en Galicia, hace ya más de dieciocho años que se
publicó la Ley 2/2005, de 18 de febrero, de promoción y defensa de la calidad alimentaria
gallega. Aunque el desarrollo del sector ha sido positivo y la ley se ha mostrado como
una herramienta útil para la evolución de la calidad de los productos alimenticios
gallegos, persisten problemas y hay nuevos retos que hacen necesaria su actualización.
Por otra parte, hace falta encaminar la actuación de la Administración autonómica hacia
el objetivo de que los productos alimenticios de calidad diferenciada de nuestra
comunidad autónoma sean accesibles al conjunto de la población y que la calidad
diferenciada no llegue a ser sinónimo de acceso diferenciado.
La evolución que ha experimentado el sector alimentario y la experiencia acumulada
en estos años de aplicación, además de los cambios que se han producido en el marco
legal comunitario y español en materia de regulación de la calidad alimentaria, hacen
necesario establecer una nueva regulación de la calidad alimentaria en Galicia. En este
contexto, hay que señalar que el marco normativo comunitario y español sobre la calidad
alimentaria, tanto en lo relativo a la calidad alimentaria estándar –la relacionada con el
cumplimiento de normas obligatorias– como en lo relativo a la calidad alimentaria
diferenciada –la vinculada al cumplimiento de normas de carácter voluntario– ha
experimentado una profunda modificación en los años transcurridos desde la aprobación

cve: BOE-A-2024-2778
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