III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-2747)
Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Central solar fotovoltaica y de almacenamiento hibridación Picador, de 45 MW de tecnología fotovoltaica, y de 5 MW de almacenamiento con inyección de energía a la red, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Martes 13 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 17165

acondicionamiento topográfico y revegetación en tiempo y forma adecuados para
disminuir en todo lo posible el riesgo de erosión. La orografía del entorno con escasas
pendientes favorecerá la disminución del riesgo.
La retirada de cobertura vegetal se ejecutará en la totalidad del área ocupada por el
vallado perimetral durante las diferentes acciones del proyecto (construcción de los
viales interiores, la apertura de zanjas y demás movimientos de tierras) y se conservará
en áreas destinadas a tal efecto en zonas donde no exista compactación por el paso de
maquinaria, al objeto de poder ser utilizada de nuevo en el interior de las instalaciones
para las labores de restitución de las áreas afectadas por las obras. Los acopios de la
cobertura vegetal se realizarán en montículos o carballones en una altura nunca superior
a los 2 metros.
Durante la fase de obras, se producirá consumo de agua por la preparación de los
hormigones, así como por el personal implicado en las obras, por las labores de regado
para evitar nubes de polvo, y por la compactación de terraplenes y fondos de
excavación.
6.

Afección al patrimonio cultural

El estudio de patrimonio cultural constata que todos los yacimientos arqueológicos
documentados en la información proporcionada al promotor por el Servicio de
Prevención y Protección del Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón, así como los
incluidos en la Carta Arqueológica de Fuendejalón se encuentran alejados de la zona de
localización del proyecto.
Durante la prospección arqueológica realizada in situ, se confirma la ausencia de
patrimonio arqueológico y/o etnológico en el área. Por ello no es previsible la afección a
elementos del patrimonio cultural por la ejecución del proyecto.
No hay vías pecuarias en las proximidades sobre las que se pueda producir algún
tipo de afección.
Incidencia socio-económica sobre el territorio

El proyecto se ubica en el término municipal de Fuendejalón, a unos 2,5 km al
sureste del núcleo urbano. El número de habitantes empadronados, según datos del
Instituto Nacional de Estadística (INE), a 1 de enero de 2021, era de 766. En cuanto a la
estructura productiva, destaca el sector de la agricultura que ocupa al 54 % de la
población activa.
La superficie agraria (5.422,39 ha) del municipio representa el 71,59 % del total del
suelo rústico, siendo la actividad agrícola principal los viñedos. La superficie ocupada por
el proyecto se corresponde con una cifra cercana al 2 % (93,96 ha) de dicha superficie
agraria. La implantación de las instalaciones de la planta supondrá un cambio de uso del
suelo, pero compatible con el Plan General de Ordenación Urbana de Fuendejalón,
aprobado con fecha 20 de noviembre de 2002.
Pozuelo de Aragón, con una población censada en 2021 de 265 habitantes se ubica
a 1,1 km al noreste del proyecto.
En lo relativo a la posible contaminación acústica, se tendrá en cuenta lo establecido
en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, sus Reglamentos de Desarrollo (Real
Decreto 1367/2007, de 19 de octubre y el Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero).
Durante la fase de funcionamiento se cumplirá con los objetivos de calidad acústica del
epígrafe 4 del artículo 14 de la Ley 37/2003, que para sectores del territorio con
predominio de suelo de uso industrial es de 70 dB(A).
Según la Orden DRS/1521/2017, de 17 de julio, por la que se clasifica el territorio de
Comunidad Autónoma de Aragón en siete zonas en función del riesgo de incendio
forestal y se declaran zonas de alto y de medio riesgo de incendio forestal,
prácticamente la totalidad del proyecto se ubica en «Zonas de Tipo 7», que se
caracterizan por su bajo-medio peligro e importancia de protección baja. Parte de la línea

cve: BOE-A-2024-2747
Verificable en https://www.boe.es

7.