III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2024-2761)
Resolución de 29 de enero de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica la Adenda al Convenio con la Universidad de Oviedo, para el establecimiento, puesta en servicio y explotación de la conexión del campus de la Universidad de Oviedo en Mieres a la red de fibra óptica de RedIRIS.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Martes 13 de febrero de 2024

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En concreto, se considera necesario disponer de, al menos, un enlace secundario
de 100 Gbps en la nueva conexión de fibra óptica que se está desplegando, de forma
que la conectividad de Mieres tenga redundancia óptica de la misma capacidad en
ambos enlaces de fibra.
Como consecuencia de esa modificación del alcance, se hace necesario realizar una
revisión del presupuesto inicial para financiar la actuación del suministro de
equipamiento a ejecutar por Red.es, que permita disponer de la redundancia óptica
a 100 Gbps, hasta un importe adicional de 250.000 euros (Impuestos indirectos
aplicables incluidos), incrementando el presupuesto inicial de Red.es de 553.750 euros
hasta 803.750 euros.
Cuarto.
Que durante la tramitación del convenio aún no se habían articulado el conjunto de
instrucciones para la gestión de los fondos europeos del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia (MRR) que están recogidas en el Reglamento (UE) n.º 2021/241, de 12 de
febrero de 2021 y en la orden Ministerial HFP/1030/2021, de 29 de septiembre de 2021 y
por ello la cláusula séptima del convenio relativa al Mecanismo de Resiliencia y
Recuperación no recogía el total de las obligaciones aplicables a las partes en este
sentido.
Quinto.
Que en la cláusula novena se establece que el convenio podrá modificarse por
mutuo acuerdo de las partes cuando resulte necesario para la mejor realización de su
objeto siguiendo los mismos trámites establecidos para su suscripción.
Sexto.
Que la Comisión de Seguimiento, vigilancia y control del convenio, reunida de
conformidad con lo previsto en la cláusula sexta del mismo, en su sesión de 13 de
noviembre de 2023 acordó iniciar los trámites de autorización de una adenda de
modificación de la cláusula segunda para modificar el alcance del objeto del convenio, de
manera que se recojan diversos cambios en las actuaciones previstas por parte de
Red.es.
En virtud de lo señalado anteriormente, las partes acuerdan subscribir la presente
adenda al convenio con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

– Despliegue de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU)
para la conexión del campus de la UNIOVI con los Puntos de Presencia de RedIRIS en
Oviedo y Gijón, cerrando así un anillo entre las tres sedes de la Universidad. Esta fibra
será gestionada y operada por RedIRIS y a través de ella se proporcionarán dos
servicios de conectividad de 100 Gbps.
– Puesta a disposición, instalación y garantía del equipamiento de red necesario
para utilizar la fibra oscura mencionada en el punto anterior con dos servicios de
conectividad de 100 Gbps. Los equipos, además de la garantía del fabricante,

cve: BOE-A-2024-2761
Verificable en https://www.boe.es

Se modifica la Cláusula segunda del convenio, relativa a las obligaciones y
compromisos de Red.es, en concreto en lo que se refiere a la disponibilidad de un
servicio de conectividad principal de, como mínimo, 100 Gbps.
Por tanto, el contenido de dicha cláusula pasa a ser el siguiente: