III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Autopistas de peaje. (BOE-A-2024-2737)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Delegación del Gobierno en las Sociedades Concesionarias de Autopistas Nacionales de Peaje, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 27 de diciembre de 2023, por el que se aprueba la Resolución complementaria para liquidar el contrato y determinar la responsabilidad patrimonial de la Administración del contrato de concesión administrativa para la construcción, conservación y explotación de los tramos: M-40 Arganda del Rey, de la autopista de peaje R-3, de Madrid a Arganda del Rey; M-40 Navalcarnero, de la autopista de peaje R-5, de Madrid a Navalcarnero, y de la M-50 entre la autopista A-6 y la carretera M-409.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de febrero de 2024

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En cumplimiento del artículo 2 del citado Real Decreto 1515/1999, de 24 de
septiembre, se constituyó la sociedad concesionaria «Accesos de Madrid, Concesionaria
Española, SA», mediante escritura otorgada en Madrid el 19 de noviembre de 1999.
El 25 de noviembre de 1999 se formalizó con Accesos de Madrid, Concesionaria
Española, SA, la escritura del contrato de concesión administrativa.
Con fecha 2 de noviembre de 2012 se publicó en el «Boletín Oficial el Estado» un edicto
del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, dando publicidad al auto judicial, de fecha
de 23 de octubre de 2012, por el que se declaró en concurso voluntario a Accesos de
Madrid Concesionaria Española, SAU (procedimiento concursal ordinario n.º 701/2012).
El 2 de noviembre de 2017 el Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid dictó, en el
citado procedimiento judicial, auto de apertura de la fase de liquidación de Accesos de
Madrid, Concesionaria Española, SAU.
Con fecha de 10 de mayo de 2018, la Sociedad Estatal de Infraestructuras del
Transporte Terrestre, S.M.E., SA (SEITTSA) asumió la explotación de la autopista.
Con fecha 13 de julio de 2018 el Consejo de Ministros acordó resolver el contrato de
concesión administrativa y ordenar al Ministerio de Fomento (actualmente, Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible) que tramitase el expediente de liquidación del
contrato, con la debida cuantificación del valor de la responsabilidad patrimonial de la
Administración (en adelante, RPA).
Iniciado el procedimiento de liquidación y ante ciertas dificultades derivadas del gran
número de documentos a disponer relacionados con la concesión, especialmente con los
expedientes expropiatorios de la misma, se creyó oportuno, como diligencia previa, y
para una mayor garantía de derechos, conceder a los interesados (administración
concursal y avalistas) con fecha 15 de noviembre de 2018 un primer trámite de
audiencia, con objeto de que pudiesen examinar la documentación existente y aportar
aquella que estimasen necesaria para completar el expediente.
Mediante escrito de fecha 22 de marzo de 2019 se reconoció la condición de
interesados en el expediente a las entidades que son actualmente las titulares de la
deuda financiera de la concesión (acreedores) y se les informó de cómo podían acceder
a la documentación del expediente.
Con fecha 12 de abril de 2019, los acreedores aportaron documentación para que
fuera tenida en cuenta en el expediente de liquidación del contrato en cuanto a la
determinación de la RPA.
Con fecha 26 de abril de 2019, el Consejo de Ministros aprobó el Acuerdo de
interpretación de determinados contratos de concesión de autopistas, en cuanto al
método para calcular la «Responsabilidad Patrimonial de la Administración (RPA)».
Con fecha 20 de mayo de 2019, se solicitó a la Dirección General de Carreteras del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (actualmente, Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible), como unidad administrativa competente, que
completara los cálculos necesarios para determinar la RPA.
Mediante escrito de fecha 11 de junio de 2019, los acreedores aportaron
documentación adicional a la ya entregada.
Con escrito de fecha 12 de junio de 2019, la Administración Concursal de Accesos
de Madrid, C.E.S.A. aporta documentación para que sea tenida en cuenta en el
expediente de liquidación.
Con escrito de fecha 4 de junio de 2020, la representación de la entidad Deutsche
Bank A.G. London Branch, solicita a la Delegación del Gobierno en las Sociedades
Concesionarias de Autopistas Nacionales de Peaje que se le tenga como interesado en
el expediente.
Comprobados los antecedentes que remite Deutsche Bank A.G.L.G., con fecha 10
de agosto de 2020 se comunica a dicha sociedad que se le considera como interesada.
Con escrito de fecha 15 de octubre de 2020, se comunica a la representación de
Deutsche Bank A.G.L.G que tienen acceso a la documentación del expediente que se
puso a disposición de los interesados en el primer trámite de audiencia de fecha 15
de noviembre de 2018.

cve: BOE-A-2024-2737
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Núm. 38