III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-2749)
Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Elawan Energy Tordesillas 3, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica "Elawan Tordesillas III", de 50,067 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Villalar de los Comuneros (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 17178

artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Elawan Energy Tordesillas 3, SL, en adelante, el promotor, solicitó, con fecha 26 de
abril de 2023, autorización administrativa previa respecto de las modificaciones descritas
anteriormente, y autorización administrativa de construcción, aportando el correspondiente
proyecto de ejecución y declaración responsable que acredita el cumplimiento de la
normativa que le es de aplicación, conforme al artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico, para la instalación fotovoltaica «Elawan Tordesillas III»,
de 50,067 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en el término
municipal de Villalar de los Comuneros, en la provincia de Valladolid.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación
del Gobierno en Valladolid y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los
artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose
solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de la que no se desprende oposición de Enagás
Transporte SLU Se ha dado traslado al promotor dicha contestación, expresando su
conformidad con la misma.
Se ha recibido contestación de I-DE Redes Inteligentes (Iberdrola) en la que se
establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización
ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o
servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación,
el cual expresa su conformidad con la misma.
Se ha recibido contestación de Confederación Hidrográfica del Duero en la que se
indica que la nueva localización mejora la propuesta inicialmente valorada, al no afectar
a cauce público alguno ni a sus zonas de protección. No obstante, y desde el punto de
vista de la planificación hidrológica se deberá tener en cuenta la Normativa del Plan
Hidrológico del Duero 2022-2027, aprobada por Real Decreto 35/2023, de 24 de enero.
Además, establece condicionado técnico. Se ha dado traslado al promotor de dicha
contestación, el cual indica que los artículos citados del Plan Hidrológico no son de
aplicación al proyecto, aportando respuesta a cada uno de ellos. En cuanto a los
condicionados adicionales, se indica aquellos que ya se han tenido presentes en la
evaluación ambiental y se encuentran recogidos dentro del Plan de Vigilancia Ambiental,
y cuáles no son de aplicación al proyecto. Se da traslado al organismo para que muestre
su conformidad o reparos, no habiéndose recibido contestación alguna en el plazo
reglamentario, se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en los
artículos 127.4 y 131.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación de la Delegación de Valladolid del Servicio Territorial de
Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, en la que concluye que, conforme a la
modificación presentada, no son de esperar afecciones distintas a las ya evaluadas en
los informes previos realizados en el procedimiento de evaluación ambiental, siempre y
cuando se tengan en cuenta las condiciones recogidas en los citados informes y en la
declaración de impacto ambiental, formulada por Resolución de 3 de enero de 2023, de
la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Se ha dado traslado al promotor
de dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la misma.
Preguntados la Dirección General de Energía y Minas de la Junta de Castilla y León,
la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Telefónica de España, SA, RIC Energy SL, la
Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y
León, el Ayuntamiento de Villalar de los Comuneros y la Delegación en Valladolid del
Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de la Junta de Castila y León, no se ha
recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos

cve: BOE-A-2024-2749
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Núm. 38