III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-2748)
Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Elawan Energy Tordesillas 1, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica "Elawan Tordesillas I", de 50,067 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Villalar de los Comuneros (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de febrero de 2024

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de alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los supuestos del
artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Elawan Energy Tordesillas 1, SL, solicitó, con fecha 26 de abril de 2023, autorización
administrativa previa respecto de las modificaciones descritas anteriormente, y
autorización administrativa de construcción, aportando el correspondiente proyecto de
ejecución y declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le
es de aplicación, conforme al artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico, para la instalación fotovoltaica «Elawan Tordesillas I», de 50,067 MW de
potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en el término municipal de
Villalar de los Comuneros, en la provincia de Valladolid.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación
del Gobierno en Valladolid y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los
artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose
solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de Enagás
Transporte, SLU, y de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, expresando su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de I-DE Redes Inteligentes (Iberdrola) en la que se
establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización
ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o
servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación,
el cual expresa su conformidad con la misma.
Preguntados la Dirección General de Energía y Minas de la Junta de Castilla y León, la
Diputación Provincial de Valladolid, la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y
León Occidental del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Telefónica de
España, SA, RIC Energy, SL, la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal
de la Junta de Castilla y León, el Ayuntamiento de Villalar de los Comuneros, la
Confederación Hidrográfica del Duero, el Servicio Territorial de Medio Ambiente en Valladolid
de la Junta de Castilla y León y la Delegación en Valladolid del Servicio Territorial de Cultura,
Turismo y Deporte de la Junta de Castila y León, no se ha recibido contestación por su parte,
por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los
artículos 127.2 y 131.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 17 de junio de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado» y el 23 de junio
de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid». Se ha recibido una
alegación, que ha sido contestada por el promotor.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid emitió
informe en fecha 20 de octubre de 2023.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo deberá tener debidamente en cuenta la evaluación de impacto
ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación y su infraestructura de evacuación asociada, junto a su
estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) han sido sometidos al procedimiento
de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada Declaración de Impacto
Ambiental (en adelante, DIA), concretada mediante Resolución de fecha 3 de enero
de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para
la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en la que se establecen las condiciones
ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que
resultan de la evaluación ambiental practicada, publicada en el «Boletín Oficial del
Estado» núm. 15, de 18 de enero de 2023.

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Núm. 38