I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Medidas fiscales, administrativas y financieras. Organización. (BOE-A-2024-2666)
Ley 7/2023, de 26 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Martes 13 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 16675

Disposición transitoria primera. Procedimientos iniciados con anterioridad a la
supresión de la Oficina de Derechos Lingüísticos de la Generalitat Valenciana (ODL).
1. Los procedimientos administrativos relativos a quejas, sugerencias y consultas
que se hubiesen iniciado a instancia de parte ante la ODL con anterioridad a la entrada
en vigor de la presente ley, se tramitarán y resolverán de acuerdo con lo dispuesto en las
disposiciones legales vigentes en el momento de presentación de la solicitud.
2. Los procedimientos administrativos iniciados de oficio por la ODL con
anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley, y que estuviesen pendientes de
resolución en el momento de dicha entrada en vigor, quedarán archivados.
Disposición transitoria segunda.
proyectos lingüísticos.

Calendario de aplicación de la modificación de los

La modificación de los proyectos lingüísticos realizada de acuerdo con lo establecido
en el artículo 87, apartado tres.1.b) de la presente ley, tendrá efectos desde el inicio del
curso escolar 2024-2025.
Disposición transitoria tercera. Plazo para la publicación de las instrucciones
interpretativas relativas al Planeamiento Urbanístico.
Los Ayuntamientos deberán cumplir con lo dispuesto en el apartado 10 del
artículo 57 del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje,
en el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de la presente ley.
Disposición derogatoria única.

Normativa que se deroga.

– La sección 2.ª del capítulo VI del título II, titulada «Oficina de Derechos
Lingüísticos de la Generalitat Valenciana. (ODL)», y el artículo 136, de la Ley 8/2022,
de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de
organización de la Generalitat.
– El Decreto 73/2018, de 8 de junio, del Consell, de creación del Consell Social de
les Llengües.
– La disposición adicional segunda de la Ley 6/2011, de 1 de abril, de movilidad de
la Comunitat Valenciana.
– La disposición adicional [sic] de la Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de la
Generalitat, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular
en la Comunitat Valenciana, añadida por el artículo 188 de la Ley 8/2022, de 29 de
diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización
de la Generalitat.
– El apartado 5 del artículo 19 de la Ley 3/2023, de 13 de abril, de viviendas
colaborativas de la Comunitat Valenciana.
– La disposición transitoria cuarta de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que
se regula el tramo autonómico del impuesto sobre la renta de las personas físicas y
restantes tributos cedidos. Escala del impuesto sobre el patrimonio aplicable a los
devengos producidos en los años 2023 y 2024.
Disposición final primera.

Habilitación para desarrollo reglamentario.

Se autoriza al Consell para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el
desarrollo de lo previsto en esta ley.

cve: BOE-A-2024-2666
Verificable en https://www.boe.es

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan
a la presente ley y, en particular, las siguientes: