I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Medidas fiscales, administrativas y financieras. Organización. (BOE-A-2024-2666)
Ley 7/2023, de 26 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 16569

Generalitat, que contiene el régimen jurídico del IVF, para posibilitar que dicho ente
pueda otorgar garantías para complementar la financiación otorgada por las entidades
financieras para la adquisición de vivienda a particulares con dificultades para el acceso
a la vivienda.
En segundo lugar, se modifica la Ley 7/2014, de 22 de diciembre, de medidas
fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat, con el
objetivo de introducir mejoras en la estructura organizativa de la Agencia Tributaria
Valenciana que permitan alcanzar un mayor grado de eficacia y eficiencia en la
realización de las funciones que tiene encomendadas el organismo.
En tercer lugar, se crea el Tribunal Administrativo Valenciano de Contratos Públicos,
como órgano de carácter administrativo especializado en materia de revisión de
procedimientos de contratación.
En cuarto lugar, se modifica la Ley 2/2004, de 28 de mayo, de creación del Instituto
Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo, para regular el órgano competente para
la aprobación de las cuentas anuales del organismo.
Por último, se modifica la Ley 1/2013, de 21 de mayo, de la Generalitat, de medidas
del sector público empresarial y fundacional de la Generalitat, en lo que afecta a la
mercantil Construcciones e Infraestructuras Educativas de la Generalitat Valenciana, SA.
VII
La parte final del proyecto contiene las disposiciones adicionales, transitorias,
derogatoria y finales que complementan la ley y recogen varias previsiones que, por
razones de técnica legislativa, no se consideran susceptibles de incluir en los títulos
aludidos anteriormente.
En particular, destacamos la disposición adicional primera, que declara la necesidad
de la urgente ocupación en expropiaciones de diferentes actuaciones viarias con el
objetivo fundamental de mejorar la seguridad viaria en las carreteras autonómicas, así
como la movilidad de ciclistas y peatones y, dado que se considera imprescindible que el
inicio de la ejecución de estas obras se produzca durante 2024, resulta necesario agilizar
el proceso para la obtención de los terrenos requeridos, así como la disposición adicional
tercera, que declara la urgente ocupación de los terrenos afectados de expropiación
forzosa, ocupación temporal o imposición de servidumbres, a consecuencia de la
ejecución de las obras incluidas en la operación 4.3.1, «Inversiones en infraestructuras
públicas de regadíos», del Programa de desarrollo rural de la Comunitat
Valenciana 2014-2020, y otras consideradas de interés general, por la Ley 5/2019, de 28
de febrero, de estructuras agrarias de la Comunitat Valenciana.
En particular destacamos la disposición adicional primera que declara la necesidad
de la urgente ocupación en expropiaciones de diferentes actuaciones viarias que tienen
que empezar su ejecución en 2024 y la justificación de la cual se basa en la existencia
de necesidades inaplazables en materia de seguridad viaria, así como cumplir con los
compromisos derivados de las actuaciones financiadas con cargo al Convenio entre el
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Generalitat, a través de la
Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad para la ejecución de
infraestructuras en el periodo 2022/2025.
En la disposición adicional segunda se declara de utilidad pública o interés social, y
la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados de expropiación
forzosa motivadas por la ejecución de las obras hidráulicas que se especifican.
En la disposición adicional tercera, se declara la necesidad de la urgente ocupación
en expropiaciones, motivadas en la ejecución de una serie de obras de infraestructuras
para el regadío derivadas de las actuaciones de la operación 4.3.1. «Inversiones en
infraestructuras públicas de regadío» del PDR-CV 2014-2020 (Programa de Desarrollo
Rural de la Comunitat Valenciana) y otras actuaciones en materia de regadíos,
consideradas de interés general por la Ley 5/2019 de Estructuras Agrarias.

cve: BOE-A-2024-2666
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Núm. 38