V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE HACIENDA. (BOE-B-2024-4953)
Extracto de la Resolución de 7 de febrero de 2024 de la Comisión Ejecutiva del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se convocan subvenciones a la rehabilitación de edificios no residenciales en el casco histórico de Toledo en régimen de concurrencia competitiva
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Martes 13 de febrero de 2024

Sec. V-B. Pág. 7243

Consorcio de la Ciudad de Toledo para la rehabilitación de edificios no
residenciales en el casco histórico de Toledo, según acuerdo del Consejo de
Administración de 21 de diciembre de 2021, y publicadas en el BOE con fecha 28
de diciembre de 2021.
Tercero. Condiciones Generales y Requisitos
La actuación subvencionable y los beneficiarios de la subvención deberán
cumplir las condiciones recogidas en los artículos 5, 7, 8 y 9 de las bases
reguladoras por las que se rige la presente convocatoria.
Cuarto. Criterios de Valoración
Teniendo en cuenta la excepcionalidad prevista en el artículo 22.1 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las solicitudes
presentadas no se acogerán a criterios de prelación, sino que se procederá al
cálculo de las subvenciones atendiendo a lo previsto en el artículo 10 de las bases
reguladoras por las que se rige la presente convocatoria, con el límite del crédito
presupuestario fijado en la citada convocatoria. En el supuesto de que el crédito de
la convocatoria no sea suficiente para atender todas las solicitudes, se procederá
al prorrateo entre los beneficiarios de las subvenciones, según lo establecido en el
artículo 17 de las bases reguladoras.
Quinto. Créditos
1. Las subvenciones que se convocan se financiarán con cargo a la partida
presupuestaria 26101.783, Política de Vivienda e Infraestructura: Subvenciones
dinerarias rehabilitación de edificios no residenciales del presupuesto para el año
2024 del Consorcio de la Ciudad de Toledo y serán aprobadas por Resolución del
Órgano competente según lo establecido en las bases reguladoras por las que se
rige la presente convocatoria, teniendo en cuenta la cuantía de los presupuestos
asignados.
2. La cuantía total máxima para la presente convocatoria será de cien mil euros
(100.000 €) imputados a la anualidad 2024.
3. Se podrá incrementar la cuantía máxima de la presente convocatoria con
sujeción a lo dispuesto en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
En todo caso, el incremento debe realizarse en cualquier momento anterior a la
resolución de concesión.

Sexto. Lugar de presentación de las solicitudes
Deberá solicitarse, mediante impreso oficial normalizado, una visita de
inspección técnica previa a la solicitud de la subvención.
Las solicitudes de subvención se presentarán en la oficina del Consorcio de la
Ciudad de Toledo, Plaza de Santo Domingo el Antiguo nº 4, 45002 Toledo,

cve: BOE-B-2024-4953
Verificable en https://www.boe.es

El nuevo importe que resulte del incremento deberá ser objeto de
comunicación a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y de publicación en el
BOE, antes de la resolución de concesión, sin que tal publicación implique la
apertura de un nuevo plazo.