V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE HACIENDA. (BOE-B-2024-4953)
Extracto de la Resolución de 7 de febrero de 2024 de la Comisión Ejecutiva del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se convocan subvenciones a la rehabilitación de edificios no residenciales en el casco histórico de Toledo en régimen de concurrencia competitiva
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Martes 13 de febrero de 2024

Sec. V-B. Pág. 7242

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE HACIENDA

4953

Extracto de la Re solución de 7 de fe bre ro de 2024 de la Comisión
Ejecutiva del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se convocan
subve ncione s a la re habilitación de e dificios no re side nciale s e n e l
casco histórico de Tole do e n régime n de concurre ncia compe titiva

BDNS(Identif.):743487
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
743487)
Primero. Objeto
1. La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones en
régimen de concurrencia competitiva destinadas a la rehabilitación de edificios de
uso no residencial del casco histórico de Toledo, referidas a:
Unidades privativas en edificios con división horizontal
Edificios constituidos por una sola unidad privativa
Elementos comunes de los edificios
Elementos especiales y de interés arquitectónico
Elaboración de informe de evaluación de edificios (IEE)
2. Se admiten asimismo los usos residenciales, según lo establecido en el
artículo 2 de las bases reguladoras por las que se rige la presente convocatoria,
cuando no sean subvencionables en virtud de lo dispuesto en las bases
reguladoras para la rehabilitación de edificios y viviendas en el casco histórico de
Toledo aprobadas por Consejo de Administración de fecha 21 de diciembre de
2021 (BOE 28 de diciembre de 2021), condicionados a que esos usos sean
habituales y permanentes, admitiéndose, de forma complementaria, los usos
residenciales colectivos a los efectos definidos en las bases reguladoras por las
que se rige la presente convocatoria.

4. Quedan excluidas de esta convocatoria, con carácter general, los edificios
destinados a usos terciarios hoteleros, admitiéndose, como única excepción, la
concesión de ayudas para la restauración de elementos especiales y de interés
arquitectónico.
Segundo. Bases Reguladoras
Las bases reguladoras que han de regir la presente convocatoria de
subvenciones son las contenidas en la Resolución de 22 de diciembre de 2021 del
Consorcio de la Ciudad de Toledo por la que se aprueban las bases reguladoras
de las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva por el

cve: BOE-B-2024-4953
Verificable en https://www.boe.es

3. Quedan excluidas de esta convocatoria las ayudas a viviendas destinadas a
usos terciarios hoteleros o apartamentos turísticos.