III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-2616)
Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada, para el desarrollo de programas de cooperación científico-técnica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Lunes 12 de febrero de 2024

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de los departamentos ministeriales, es el Departamento de la Administración General del
Estado competente para la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia
de recursos agrícolas, ganaderos y pesqueros, de industria agroalimentaria, de
desarrollo rural y de alimentación.
La Dirección General de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar
Animal, desarrolla sus competencias en materia de sanidad de la producción agraria con
el objeto de garantizar la sanidad animal, la sanidad vegetal y forestal y la higiene de la
producción primaria. Corresponde asimismo a esta Dirección General la planificación,
coordinación y dirección técnica de los laboratorios adscritos a la misma a través de la
División de Laboratorios de Sanidad de la Producción Agraria, el Laboratorio Central de
Sanidad Animal (Santa Fe, Granada), el Laboratorio Nacional de Sanidad Vegetal (Lugo)
y el Laboratorio Central de Veterinaria (Algete, Madrid).
Segundo.
Que la Universidad de Granada (UGR) en cumplimiento del servicio público de la
educación superior reconocido en la Ley Orgánica 2/2023 de 22 de marzo, del Sistema
Universitario, ha de promover la investigación, la docencia y el estudio, la creación,
desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, así como la
difusión, la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la
calidad de la vida, y del desarrollo económico.
Con este fin, la universidad ha de facilitar la compatibilidad en el ejercicio de la
docencia y la investigación y fomentar la movilidad de su personal docente e investigador,
con el fin de mejorar su formación y actividad investigadora, a través de la concesión de
los oportunos permisos y licencias, en el marco de la legislación estatal y autonómica
aplicable y de acuerdo con las previsiones estatutarias consignadas al efecto.
Tercero.
El MAPA, en el ámbito de sus competencias, considera de utilidad para sus fines
institucionales, permitir la incorporación temporal de personal investigador o docente
universitario en aquellos organismos o unidades del Departamento que estén
interesados en colaborar en actividades comunes de investigación y estudio.
Esta incorporación permite desarrollar con esta Universidad, y esta es la finalidad del
presente acuerdo, Programas de intercambio de información y conocimientos científicotécnicos, con estrecha colaboración técnica entre su personal docente e investigador
universitario y el personal funcionario que presta servicios en la División de Laboratorios
de Sanidad de la Producción Agraria.
Por otra parte, también la Universidad de Granada manifiesta su interés en recibir al
personal experto funcionario público que presta servicios en la División de Laboratorios
mencionada, para que puedan participar en la impartición de seminarios, cursos o
programas de Máster con el fin de aportar en la formación de los estudiantes sus
conocimientos y experiencia científico-técnica en las distintas áreas que le son afines.

Ambas partes han suscrito un Protocolo General de Actuación con fecha 13 de junio
de 2023, en el que declaran su intención de desenvolver sus actividades en un marco de
colaboración interinstitucional con la coparticipación en programas y actividades tanto
formativas como de investigación y desarrollo en el ámbito competencial propio de la
División de Laboratorios adscrita a la Dirección General.
Quinto.
Este marco de colaboración, sostenido tanto por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la
Ciencia, la Tecnología y la Innovación, como por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades, permite dejar constancia de la vinculación existente entre

cve: BOE-A-2024-2616
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.