II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-2541)
Orden PJC/104/2024, de 31 de enero, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, mediante concurso oposición, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de febrero de 2024

Sec. II.B. Pág. 15908

En situaciones de maternidad reciente con un hijo o hija lactante, se habilitará un
espacio o sala anexa donde la persona de confianza de la mujer acerque al bebé para
que ésta pueda amamantarlo, y una persona designada por el Tribunal Calificador Único
o Delegado controlará el tiempo empleado para ello, a los efectos de recuperar el tiempo
en el desarrollo de las pruebas.
7.5 Valoración del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las
Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Vasco. Si así lo hubieran solicitado en su
instancia y en la fase de concurso, las personas aspirantes comprendidas en la relación
de perdonas aprobadas que concurran por un ámbito territorial con lengua autonómica
propia, serán emplazados o emplazadas para la realización del ejercicio de carácter
optativo, no eliminatorio, que acredite el conocimiento de la misma. Paralelamente, el
Tribunal Delegado correspondiente procederá a la valoración de la documentación
acreditativa del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades
Autónomas y del Derecho Civil Vasco, que hubieren aportado las personas interesadas.
La puntuación obtenida, tanto del examen como de la documentación acreditativa, se
ajustará al baremo contenido en el anexo I-C de esta convocatoria y solo surtirá efectos
para la adjudicación de destinos en la Comunidad Autónoma correspondiente.
Los opositores y opositoras podrán optar por realizar la prueba, documentar el
conocimiento de la lengua oficial o acogerse a ambos sistemas. En este último caso, la
puntuación otorgada será la más alta que en su caso corresponda, sin que pueda ser
acumulativa.
7.6 La superación de cualquiera de las fases de la convocatoria no implicará por sí
misma la adjudicación de plaza, ya que la superación del proceso selectivo vendrá
determinada por el número de plazas convocadas en cada ámbito territorial.
7.7 Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal elevará al Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes propuesta con la relación de personas
aprobadas, en cada ámbito territorial, cuyo número no podrá superar el de plazas
convocadas, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los diarios oficiales
de las Comunidades Autónomas donde se convoquen plazas, con indicación del número
de orden, apellidos y nombre, DNI anonimizado, puntuación obtenida en cada uno de los
ejercicios, y total de todos los ejercicios obligatorios y de la fase de concurso. Junto con
esta nota total pero separada de ella, y sin sumarse a la misma figurará, en su caso, la
obtenida en la lengua oficial propia de la Comunidad Autónoma por cuyo ámbito
territorial concurre y la obtenida por el conocimiento del Derecho Civil Vasco.
Los opositores y opositoras que no se hallen incluidos o incluidas en la relación,
tendrán la consideración de no aptos, quedando eliminados o eliminadas del proceso
selectivo.
7.8 En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que
se haya presentado por este cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes, y
la fase de concurso, pero no obtuviera plaza, y su puntuación fuera superior a la
obtenida por los aspirantes del turno general, será incluida por su orden de puntuación
en este turno. Cuando quienes concurran por el cupo reservado para personas con
discapacidad superen el 60 por ciento de la calificación máxima prevista para el
correspondiente ejercicio, se conservará la nota para la convocatoria inmediata
siguiente, cuando el contenido del temario y su forma de calificación sean análogos.
7.9 El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y las
Comunidades Autónomas competentes ofertarán los destinos disponibles en cada
ámbito territorial.
8. Presentación de documentación
8.1 Las personas aspirantes que figuren en la relación definitiva de personas
aprobadas, en el plazo de diez días hábiles contados a partir de la publicación de ésta en
el «Boletín Oficial del Estado» y Diarios Oficiales de las Comunidades Autónomas donde
se convocan plazas, presentarán en el Registro General del Ministerio de la Presidencia,

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Núm. 37