III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2024-2435)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería del abadejo ("Pollachius pollachius") de la división CIEM 8C (POL/08C.) y en la subzona 9 (stock POL/9/3411).
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Núm. 35

Viernes 9 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 15496

Tercero.
En base al artículo 8.3 del Real 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el
ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales, y dada la situación de estado de estos
recursos pesqueros y de la escasa disponibilidad de cuota para 2024 y 2025, no se
autorizarán cambios temporales de modalidad para palangre de fondo para capturar
abadejo de los stocks POL/08C y POL/9/3411 en la presente campaña.
Se valorarán las autorizaciones de las solicitudes de cambio temporal de modalidad
para palangre de fondo para capturar congrio. En caso favorable, las capturas de
abadejo que se realicen no podrán ser superiores a 5 kg/buque y día.
Cuarto.
En base al seguimiento del consumo que realiza la Secretaría General de Pesca y
dada la importante reducción de cuota disponible de abadejo para las zonas 8C y 9, si se
constatase un ritmo de consumo elevado, se revisarán los topes establecidos, para
actuar en consonancia y no hacer peligrar la cuota de España.
Quinto.
Lo recogido en esta resolución es de aplicación para toda la campaña 2024.
Los topes de captura establecidos en esta resolución, así como la denegación de la
autorización de cambios temporales de modalidad para palangre de fondo para capturar
abadejo de los stocks POL/08C y POL/9/3411, serán de aplicación desde la fecha de su
publicación hasta la entrada en vigor de la resolución de 2025.
Sexto.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2024-2435
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 8 de febrero de 2024.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X