III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-2447)
Resolución de 2 de febrero de 2024, del Centro de Investigaciones Energéticas Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital General Universitario Gregorio Marañón, para la colaboración científica y tecnológica en el campo de las aplicaciones médicas de las radiaciones ionizantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Viernes 9 de febrero de 2024

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En este sentido, se considera de interés la coordinación de los esfuerzos y recursos
de estas dos instituciones a través de la constitución de una Unidad Mixta, un formato de
colaboración que les permitirá potenciar la actividad científica, técnica y de innovación de
ambas instituciones, así como optimizar la utilización de sus recursos materiales y
humanos.
Por cuanto antecede, las Partes acuerdan formalizar el presente convenio con base
en las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Finalidad del convenio.

El objeto de este convenio es establecer la colaboración conjunta entre la FIBHGM y
el CIEMAT para el desarrollo y ejecución de proyectos y programas de investigación
científica, desarrollo e innovación tecnológica en Aplicaciones Médicas de las
Radiaciones Ionizantes y, en particular, en las áreas de:
radiobiología;
producción de radioisótopos y síntesis de radiotrazadores;
estudios clínicos y preclínicos mediante imagen molecular PET/CT e
instrumentación para Medicina Nuclear y Radioterapia.
Mediante la creación de una Unidad Mixta FIBHGM-CIEMAT (en adelante UM).
Segunda.

Modalidades de colaboración.

Para la consecución del objetivo general del convenio las Partes manifiestan su
voluntad de colaborar a través de, entre otros, las siguientes herramientas:
La propuesta y ejecución de proyectos, programas y contratos de investigación
científica, desarrollo tecnológico e Innovación, en los ámbito regional, nacional e
internacional.
El uso compartido de las instalaciones y equipamientos de cada una de las Partes,
en las condiciones establecidas en este documento.
El asesoramiento mutuo en cuestiones relacionadas con las líneas de actividad
recogidas en este documento.
Actividades de transferencia de conocimiento y de resultados científicos entre los
grupos de investigación de ambos organismos adscritos a esta unidad mixta.
La formación de investigadores y expertos.
El desarrollo de programas de prácticas, trabajos de fin de grado, trabajos de fin de
máster y tesis doctorales en las instalaciones del CIEMAT y el FIBHGM de alumnos
universitarios y de grados no universitarios.
La organización y desarrollo de actividades de promoción y divulgación de la cultura
científica y los avances tecnológicos.

La formalización de las propuestas de actuación en cualquiera de las modalidades
previstas en la cláusula anterior se realizará a través de convenios específicos en los
que se fijarán los objetivos y obligaciones de cada una de las Partes. En cada convenio
específico se hará mención expresa al presente convenio.
De la misma manera, ambas Partes, dentro de los objetivos científicos de la UM,
podrán participar en proyectos conjuntos de investigación o contratos financiados por
terceras partes. En estos casos, los proyectos se adscribirán formalmente o bien a la
FIBHGM o bien al CIEMAT.

cve: BOE-A-2024-2447
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Formalización de acciones conjuntas.