I. Disposiciones generales. PRESIDENCIA DEL GOBIERNO. Organización. (BOE-A-2024-2383)
Real Decreto 158/2024, de 8 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 890/2023, de 27 de noviembre, por el que se aprueba la estructura de la Presidencia del Gobierno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Viernes 9 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 15406

crear puentes entre el Gobierno y el talento científico que existe en centros de
investigación y universidades.»
Disposición adicional única. Supresión de órganos.
Se suprime la Unidad de Coordinación del Departamento de Asuntos Europeos.
Disposición transitoria primera. Puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a
Subdirección General.
1. Las unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección
general que resulten afectados por las modificaciones orgánicas establecidas en este
real decreto continuarán subsistentes y conservarán su estructura en tanto no se realicen
las oportunas modificaciones.
2. Las unidades y puestos de trabajo encuadrados en los órganos afectados por
este real decreto se adscribirán provisionalmente, hasta tanto entre en vigor la nueva
relación de puestos de trabajo, a los órganos regulados en este real decreto.
Disposición transitoria segunda. Percepción de retribuciones.
Los funcionarios y demás personal que resulten afectados por las modificaciones
orgánicas establecidas en el presente real decreto seguirán percibiendo la totalidad de
sus retribuciones con cargo a los mismos créditos presupuestarios a los que venían
imputándose, hasta que se adopten las disposiciones y medidas de desarrollo
necesarias para su adaptación a la nueva estructura.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 8 de febrero de 2024.
FELIPE R.
El Presidente del Gobierno,

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PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X