V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-4312)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar en procedimiento de rectificación del deslinde, aprobado por O.M. de 4 de septiembre de 1985 en el tramo de costa de unos dos mil ochenta y nueve (2.089) metros que comprende desde la margen derecha de la Rambla de Ponce, hasta la Punta de la Lengua de la Vaca, playa de Los Nietos, en el término municipal de Cartagena (Murcia), aprobado por OM de 29 de enero de 2024. Refª DES01/21/30/0004.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Viernes 9 de febrero de 2024

Sec. V-B. Pág. 6398

se admita que no son zona marítimo-terrestre cuando la definición según el artículo
3.1.a de la Ley de costas vigente tiene mas alcance que la del artículo 1 de la Ley
de Costas de 1969.
Por otra parte y tal como el CEDEX admite en su estudio, la previsible subida
del nivel medio del mar hace que, por el mínimo principio de precaución y ante la
muy previsible y casi certera mayor invasión (en frecuencia y en altura) por el Mar
menor de los terrenos actualmente ocupados por el paseo y por los elementos
privativos que ocupan dominio público marítimo-terrestre deben seguir siendo
necesarios para la protección y utilización del dominio público.
5) Por tanto, la delimitación de los bienes de dominio público marítimo-terrestre
que se define en este expediente de deslinde, se ajusta a los criterios establecidos
en la Ley 22/1988 de 28 de julio, de Costas, figurando en el mismo la
documentación técnica necesaria que justifica la citada delimitación.
6) Respecto a los efectos de la aprobación del deslinde referido, son los
previstos en la Ley 22/1988, sobre Costas, que consisten, sustancialmente, en la
declaración de posesión y titularidad dominical a favor del Estado de los bienes
deslindados, y rectificación en la forma y condiciones determinadas
reglamentariamente de las situaciones jurídicas registrales contradictorias con el
deslinde aprobado, por lo que procede que por la Demarcación de Costas
instructora del expediente, se realicen las actuaciones correspondientes en dicho
sentido.
7) Sobre la existencia de posibles derechos de particulares que hayan quedado
afectados por este deslinde, se estará a lo dispuesto en las disposiciones
transitorias de la Ley de Costas.
Por todo lo anterior,
ESTA DIRECCIÓN GENERAL, POR DELEGACIÓN DE LA MINISTRA, HA
RESUELTO:
I) Aprobar la rectificación del deslinde de los bienes de dominio público
marítimo-terrestre, aprobado por Orden Ministerial de 4 de septiembre de 1985 en
el tramo de costa de unos dos mil ochenta y nueve (2.089) metros que comprende
desde la margen derecha de la Rambla de Ponce, hasta la Punta de la Lengua de
la Vaca, playa de Los Nietos, en el término municipal de Cartagena (Murcia),
según se define en los planos a escala 1/1000, suscritos el 18 de julio de 2023 por
el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Jefe de la Demarcación de Costas en
Murcia.

III) Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar la correspondiente concesión a
aquellos titulares de terrenos que pudieran acreditar su inclusión en alguno de los
supuestos contemplados en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 22/1988,
de Costas.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa los
interesados en el expediente que no sean Administraciones Publicas podrán
interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes

cve: BOE-B-2024-4312
Verificable en https://www.boe.es

II) Ordenar a la Demarcación de Costas de este Departamento en Murcia que
inicie las actuaciones conducentes a rectificar las situaciones jurídicas registrales
contradictorias con el deslinde aprobado.