I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Organización. (BOE-A-2024-2323)
Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de funciones en el ámbito de competencias del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales; y por la que se modifican las Resoluciones de 13 de enero de 2021, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la de 13 de enero de 2021, sobre organización y atribuciones de funciones en el Área de Aduanas e Impuestos Especiales y la de 27 de mayo de 2023, sobre organización, funciones y atribución de competencias en el Área de Recaudación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Jueves 8 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 14862

Se suprime la Administración de San Blas con código 28613, que queda integrada en
la Administración de Sudeste.
La aplicación de lo dispuesto en esta resolución no implicará aumento del gasto en el
presupuesto de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Los procedimientos administrativos relativos a los obligados tributarios que se estén
desarrollando por la Administración suprimida en esta resolución serán ultimados y
resueltos por los órganos competentes de la Administración de Sudeste o Delegación
Especial de la Agencia Tributaria en Madrid, con las salvedades establecidas en el
artículo 59.3 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión
e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de
aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, y en el
artículo 20.3 del Reglamento General del régimen sancionador tributario, aprobado por
Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre.
Los funcionarios y demás personal que resulten afectados por las modificaciones
orgánicas establecidas en esta resolución percibirán la totalidad de sus retribuciones con
cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
de conformidad con lo establecido para el puesto de trabajo que estuviesen
desempeñando según las relaciones de puestos de trabajo aprobadas a la fecha de la
entrada en vigor de la resolución y en tanto no se proceda a su modificación o a la
readscripción de los puestos afectados.
Disposición final segunda. Modificación de la Resolución de 13 de enero de 2021, de la
Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y
atribuciones de funciones en el Área de Aduanas e Impuestos Especiales.
1.

Se añade un nuevo punto 4 al apartado primero, con la siguiente redacción:
«4. Además de los órganos citados en el punto 2 anterior, existirá en el
Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, dependiendo directamente de
su titular, una Unidad de Coordinación y Apoyo, a cargo de un Inspector de
Hacienda, que desempeñará las funciones de coordinación, apoyo, información,
tramitación y asesoramiento que el titular del Departamento le encomiende, sin
perjuicio de las funciones y competencias atribuidas a la Dirección Adjunta,
Subdirecciones Generales y Oficinas Nacionales integradas en aquél».
El apartado segundo, punto 1, letra a), ordinal 2.º queda modificado como sigue:
«2.º Las siguientes funciones en el ámbito de las atribuidas al Departamento
de Aduanas e Impuestos Especiales, sin perjuicio de las funciones de
coordinación atribuidas al Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales:
El diseño, especificación y propuesta de mejora de las herramientas de
asistencia al contribuyente. Estas funciones se deberán ajustar a las pautas
comunes establecidas por el Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales
en colaboración con el Departamento de Informática Tributaria.
La remisión de las directrices y de los criterios de actuación en materia de
información y asistencia de su competencia, a realizar por las Administraciones de
asistencia Digital Integral y por el resto de servicios territoriales.
La formación de los empleados públicos en materia de información y
asistencia.
La coordinación de la información y asistencia no presencial con los servicios
de información y asistencia presencial que correspondan a las Dependencias
Regionales de Aduanas e Impuestos Especiales.
La difusión de información en materia de Aduanas, Impuestos Especiales y
Medioambientales y la contestación de solicitudes de información formuladas por
escrito».

cve: BOE-A-2024-2323
Verificable en https://www.boe.es

2.