III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-2365)
Resolución de 30 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Agencia Turismo de Galicia y el Consorcio de Turismo Ribeira Sacra, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Ribeira Sacra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Jueves 8 de febrero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO
2365

Resolución de 30 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo,
por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la
Agencia Turismo de Galicia y el Consorcio de Turismo Ribeira Sacra, para la
ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Ribeira Sacra.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de la Adenda de prórroga y modificación al Convenio que fue suscrito el 4 de
diciembre de 2020 entre la Secretaría de Estado de Turismo, la Agencia Turismo de
Galicia y el Consorcio de Turismo Ribeira Sacra para la ejecución del Plan de
Sostenibilidad Turística en Ribeira Sacra.
Madrid, 30 de enero de 2024.–La Secretaria de Estado de Turismo, Rosa Ana Morillo
Rodríguez.
ADENDA DE PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN AL CONVENIO QUE FUE SUSCRITO
EL 4 DE DICIEMBRE DE 2020 ENTRE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO,
LA AGENCIA TURISMO DE GALICIA Y EL CONSORCIO DE TURISMO RIBEIRA
SACRA PARA LA EJECUCIÓN DEL PLAN DE SOSTENIBILIDAD TURÍSTICA
EN RIBEIRA SACRA
Madrid, 11 de diciembre de 2023.

Doña Rosa Ana Morillo Rodríguez, Secretaria de Estado de Turismo, nombrada por
Real Decreto 1035/2022, de 20 de diciembre, actuando de conformidad con lo previsto
en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público y el artículo 5.a) de la Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero, por la que se fijan
los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan determinadas
competencias en el ámbito del Departamento;
Don José Manuel Merelles Remy, director de la Agencia de Turismo de Galicia, en
virtud del nombramiento efectuado por Decreto 100/2023, del 29 de junio (DOG
núm. 124, de 30 de junio), y conforme a las facultades que le confiere el apartado dos
de la disposición adicional segunda del Decreto 108/2022, del 16 de junio, de estructura
orgánica de los órganos superiores y de dirección dependientes de la Presidencia de la
Xunta de Galicia (DOG núm. 117, de 20 de junio), que desconcentra en la persona
titular de la Dirección de la Agencia la competencia para suscribir convenios de
colaboración en su respectivo ámbito competencial, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 15.2.c) de los estatutos de la Agencia de Turismo de Galicia, aprobados por el
Decreto 196/2012, del 27 de septiembre (DOG núm. 193, del 9 de octubre).
Don Luis Fernández Guitián, Presidente del Consorcio de Turismo Ribeira Sacra,
nombrado por acuerdo plenario de fecha 10 de septiembre de 2019, actuando en virtud
de lo dispuesto en los artículos 3 y 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local y 118 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público; facultado para la suscripción del presente convenio
por Acuerdo del Pleno del Consorcio de Turismo Ribeira Sacra de fecha de 16 de
octubre de 2020.

cve: BOE-A-2024-2365
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