III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-2379)
Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el establecimiento de un sistema de reconocimiento mutuo de las inscripciones realizadas en los respectivos registros de interdicciones de acceso al juego a través de su interconexión automatizada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Jueves 8 de febrero de 2024

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que se haya establecido un control de acceso que requiera la identificación de los
participantes, además de cuantos otros efectos determine la normativa autonómica de
aplicación. De acuerdo con lo anterior, dichas inscripciones sólo podrán ser modificadas
o canceladas del registro autonómico de prohibidos por la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
5. La Comunidad Autónoma de Andalucía promoverá que las personas inscritas en
su registro autonómico con anterioridad a la entrada en vigor de este convenio conozcan
la posibilidad de extender su inscripción en el registro autonómico de prohibidos también
al RGIAJ, a cuyo efecto informará, por la vía que considere más oportuna, sobre los
trámites necesarios para proceder de ese modo, con plena conformidad con la normativa
vigente.
6. La Comunidad Autónoma de Andalucía se compromete a que las solicitudes de
inscripción utilizando el formulario oficial de la DGOJ para inscribirse en el RGIAJ que
reciba en su sede electrónica o en sus dependencias físicas se remitan a la DGOJ
utilizando el sistema de interconexión de registros (SIR) y no a través de la Plataforma
de Intermediación. Estas solicitudes no serán vinculadas con una eventual inscripción en
el registro autonómico de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al ser solicitudes de
inscripción directa en el RGIAJ por haber utilizado el formulario oficial de la DGOJ.
Cuarta.

Compromisos de ambas partes.

La DGOJ y la Comunidad Autónoma de Andalucía se comprometen a:
1. Adscribir a la ejecución del convenio los medios humanos y técnicos necesarios
para el correcto funcionamiento del sistema. A estos efectos, ambas partes realizarán el
seguimiento de las incidencias que pudieran producirse, coordinándose a través de la
Comisión de Seguimiento para su resolución.
2. La custodia de las evidencias de las comunicaciones intercambiadas.
3. La comunicación de las modificaciones normativas que afecten a los respectivos
registros de interdicciones de acceso al juego y de los distintos formularios habilitados.
4. Los datos comunicados entre la DGOJ y la Comunidad Autónoma de Andalucía
a consecuencia de la ejecución de los compromisos contenidos en este convenio darán
lugar a la práctica de oficio y sin coste para el solicitante de la correspondiente anotación
en el RGIAJ o en el registro autonómico de prohibidos de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
Quinta. Compromisos de la DGOJ y de la Comunidad Autónoma de Andalucía en lo
que respecta a la Plataforma de Intermediación.

1. La DGOJ pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma de Andalucía los
servicios electrónicos que, utilizando los medios ofrecidos por la Plataforma de
Intermediación, permitan automatizar la conectividad entre los distintos sistemas de
información de los correspondientes responsables administrativos de los registros de
prohibidos implicados en la gestión de las comunicaciones interadministrativas de
nuevas inscripciones, modificaciones o cancelaciones en los distintos registros.
A estos efectos, la DGOJ será la responsable, con el apoyo de los servicios de la
Plataforma de Intermediación, de mantener en todo momento actualizada la
documentación y especificación de los servicios electrónicos, disponible en el área de
descargas de la Plataforma de Intermediación. Cualquier cambio que deba realizarse en
los mismos será previamente consensuado con la Comunidad Autónoma de Andalucía,
estableciendo un calendario de implantación y asegurando, en la medida de lo posible, la
ausencia de interrupciones en el servicio.
2. La DGOJ pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el
formato especificado en las características técnicas del servicio, el servicio electrónico
que permitirá la actualización de la información de las inscripciones, modificaciones y

cve: BOE-A-2024-2379
Verificable en https://www.boe.es

La DGOJ se compromete a realizar las siguientes actuaciones: