III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Precios públicos. (BOE-A-2024-2374)
Orden APA/96/2024, de 30 de enero, por la que se modifica la Orden AAA/317/2014, de 25 de febrero, por la que se establecen los precios públicos de las visitas teatralizadas, así como el régimen de visitas guiadas, al inmueble del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación sito en el Paseo Infanta Isabel, 1 de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Jueves 8 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 15369

del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación sito en el paseo Infanta Isabel, 1, de
Madrid, queda modificada como sigue:
Uno.

El artículo 2 queda redactado como sigue:

«Artículo 2.

Visitas teatralizadas.

1. Se establecen dos visitas teatralizadas que tendrán lugar los viernes y
sábados no festivos (un pase cada día) en horario nocturno. El horario exacto de
las visitas podrá consultarse en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación www.mapa.gob.es.
2. Los visitantes menores de 14 años deberán estar acompañados, en todo
momento, por un adulto.
3. Será obligatoria la venta anticipada de las entradas en la URL que se
encuentra a disposición de los visitantes en la página web www.mapa.gob.es.
4. La entrada será válida para una única función teatralizada.
5. El precio de la entrada individual para la visita teatralizada, de una hora
aproximada de duración, se establece en 8 euros.»
Dos.

El artículo 4 queda redactado como sigue:

«Artículo 4.

Visitas teatralizadas en régimen de gratuidad.

Las visitas teatralizadas serán gratuitas para el personal del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación.»
Tres.

El artículo 5 queda redactado como sigue:

«Artículo 5. Visitas teatralizadas con entrada reducida.
1. El precio de la entrada reducida para las personas que pertenezcan a uno
de los colectivos que a continuación de relacionan, será de 4 euros.
2. Los colectivos son los siguientes:

1.º
2.º
3.º
4.º
5.º
6.º
7.º

Ingenieros Agrónomos.
Ingenieros Técnicos Agrícolas.
Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.
Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.
Ingenieros de Montes.
Ingenieros Técnicos Forestales.
Veterinarios.

g) Guías Oficiales de Turismo.»

cve: BOE-A-2024-2374
Verificable en https://www.boe.es

a) Menores de 18 años.
b) Mayores de 65 años.
c) Personas con discapacidad, de acuerdo con la definición del artículo 2 del
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y
de su inclusión social.
También podrá acceder a la visita guiada con entrada reducida la persona que
lo acompañe, siempre que esta sea imprescindible para que aquel pueda realizar
su visita.
d) Personas en situación legal de desempleo.
e) Personal docente.
f) Miembros de los Colegios Profesionales siguientes: